- Ambito: Güímar
- Instrumento: PGO de Güímar - 5 de Julio de 2005
- Trámite: APROB. DEF. PGO PGO de Güímar - 5 de Julio de 2005
- BOC: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Modo Parcial de Plan General de Ordenación de Güímar, publicado el 05/07/2005 en el BOC 130/05 (536)
- Etiqueta: 2772-481-DES-2-4 (Plan Parcial SURN-3 Vista Ramos)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 12,6 ha en 1 recinto/s
- Documentos originales:
# | Código del ámbito sometido a plan de desarrollo | Denominación del ámbito pendiente de desarrollo | Tipo de instrumento de planeamiento de desarrollo | Plazo máximo para presentar el planeamiento (meses) | Observaciones a plazo | Uso global asignado al ámbito de desarrollo | Coeficiente de edificabilidad bruta del ámbito (m²c/m²s) | Determinaciones al uso | IDEN | Otras determinaciones |
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2772-481-DES-2-4 | Plan Parcial SURN-3 Vista Ramos | PP | 12 | Observaciones - 1er Cuatrienio. Plazo de presentación del Plan Parcial, un año a partir de la aprobación del Plan General | RE | 0,67 | Uso comercial : Carácter del uso : Uso compatible # | 3411 | Superficie total : 125.923,00 : # Tipologías edificatorias : Edificación cerrada : # Tipologías edificatorias : Edificación abierta : # Densidad : 56 : # Nº máximo de viviendas : 711 : # Superficie edificable máxima : 84.368 : # Aprovechamiento urbanístico : 0,703 : # Superficie mínima de reserva de suelo : 16874 : Observaciones - Espacios Libres (Superficie mínima de cesión gratuita). Estos valores son susceptibles de modificación en función de la edificabilidad materializada, siempre que se cumpla con lo estipulado en el art. 36 del TRLotc-Lenac # Superficie mínima de reserva de suelo : 8.436 : Observaciones - Dotaciones. Estos valores son susceptibles de modificación en función de la edificabilidad materializada, siempre que se cumpla con lo estipulado en el art. 36 del TRLotc-Lenac # Superficie mínima de reserva de suelo : 33.747 : Observaciones - Total. Estos valores son susceptibles de modificación en función de la edificabilidad materializada, siempre que se cumpla con lo estipulado en el art. 36 del TRLotc-Lenac # Condicionantes : Observaciones - La ordenación del sector deberá resolver adecuadamente la conexión con el Casco de Güímar y con el barrio de Fátima, dando solución de continuidad a las vías preexistentes del suelo urbano. # Porcentaje mínimo para viviendas de régimen público : 20 : Observaciones - Como mínimo del suelo residencial útil deberá ser destinado por el Plan Parcial a edificación de viviendas sujetas a regímenes de protección pública. # |