• Ambito: Plan Parcial Puertito Güímar
  • Instrumento: PP Puertito Güímar - 19 de Febrero de 1992
  • Trámite: APROB. DEF. PP PP puertito Guimar - 19 de Febrero de 1992
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan Parcial de Puertito de Güímar de Güímar, publicado el 19/02/1992 en el BOC 024/92 (537)
  • Etiqueta: Manzana 8 - 70164 (Manzana 8)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 1,4 ha en 1 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
Manzana 8 - 70164 Manzana 8 I I I I I I I I I I I I I I I I I I 402153 Superficie de manzana : 13.860. - Nª de parcelas : 1. - Superficie ocupada por Edificación. S./Estudio de Detalle (ED) - Superficie Edificable Total. S./Estudio de Detalle (ED) - Superficie de viviendas : 0. - Nº aproximado de viviendas : 0. - Superficie de comerciales. S./Estudio de Detalle (ED) - Superficie ocupable por Garajes. S./Estudio de Detalle (ED) - Nº mínimo de plazas (garaje). S./Estudio de Detalle (ED) - Superficie de Espacios Libres. S./Estudio de Detalle (ED). Dominio : Público de Jardín, Juegos y Parque Deportivo - Observaciones. 1.- Para el desarrollo urbanístico de esta parcela se exigirá un Estudio de Detalle, que precisará el programa de actuación, las etapas de su desarrollo y las ordenanzas particulares que se indican. 2.- La altura máxima será de tres plantas en cualquier punto de la edificación. 3.- Tanto la concepción general del acondicionamiento de la parcela como la edificación se adaptarán a las condiciones naturales estructurales del territorio. (La tierra, la roca, la vegetación, el colorido, la topografía, etc.). -