• Ambito: Valleseco
  • Instrumento: NNSS de planeamiento de Valleseco - 29 de Mayo de 1995
  • Trámite: APROB. DEF. NNSS NN.SS. de planeamiento de Valleseco - 29 de Mayo de 1995
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación definitiva de Normas Subsidiarias de Valleseco, publicado el 29/5/1995 en el BOC 067/95 (528)
  • Etiqueta: C (Ordenanza C- Lanzarote)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 4,9 ha en 35 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Superficie mínima de parcela (m²) Observaciones superficie mínima de parcela Círculo inscribible mínimo (m) Observaciones círculo inscribible mínimo Separación mínima a lindero frontal (m) Observaciones separación mínima a lindero frontal Separación mínima a lindero posterior (m) Observaciones separación mínima a lindero posterior Separación mínima a lindero lateral (m) Observaciones separación mínima a lindero lateral Porcentaje máximo de ocupación (%) Altura máxima en número de plantas Observaciones altura máxima en número de plantas Determinaciones al uso IDEN Otras determinaciones
C Ordenanza C- Lanzarote 300 Observaciones - A efectos de parcelaciones y segregación de parcelas, de acuerdo con la solicitud del promotor 12 Observaciones - A efectos de parcelaciones y segregación de parcelas, de acuerdo con la solicitud del promotor 3 Observaciones - Para las edificaciones con acceso directo a una vía de tráfico, de la alineación exterior indicada a la vía a la que de acceso. Los testeros separados de la medianera deberán tener un tratamiento de fachada de igual nivel que la principal. En el caso de no tener acceso directo a una vía de tráfico se deberá construir un acceso privado de un mínimo de 3, 5 metros de ancho para acceder desde su vivienda hasta la vía de acceso marcada, comprando o permutando terrenos cuando no sean de su propiedad Este acceso privado podrá ser mancomunado con otras edificaciones, pero en este caso el ancho mínimo deberá ser de 5 metros. La edificación que en estos momentos no cumpla estas condiciones de acceso podrá mantenerse en esas condiciones, pero no podrá realizar ninguna modificación ni reforma que no sean para adaptarse a la ordenanza que ahora se dicta. 3 Observaciones - En general se admite de forma discrecional que la edificación se separe este valor u opte por adosarse a otra existente. 3 Observaciones - En general se admite de forma discrecional que la edificación se separe este valor u opte por adosarse a otra existente. 60 2 Observaciones - Para todo el área Obras de reforma y modificación : Carácter del acto : Permitido. Que no alteren el volumen - 225994 Altura en metros : 9. Máxima desde cualquier punto del terreno hasta la coronación del punto más alto del tejado - Altura en metros : 7,6. A la cornisa coincidente con el segundo forjado de la edificación, por debajo del antepecho de la azotea - Mantenimiento de la edificación. Todos los edificios incluidos en este área que estén considerados como conservables, por poseer ciertas características históricas y estéticas y por tanto tengan un valor propio que se quiere conservar. -