• Ambito: Modificación Puntual Nº1 de Normas Subsidiarias de Valleseco
  • Instrumento: MP Nº1 NNSS de Valleseco - 5 de Septiembre de 2001
  • Trámite: APROB. DEF. MP NNSS MP N1 NNSS de Valleseco - 5 de Septiembre de 2001
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación definitiva de Modificación Puntual N1 de Normas Subsidiarias de Valleseco, publicado el 05/09/2001 en el BOC 117/01 (534)
  • Etiqueta: F (Ordenanza F- Zumacal)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 3,7 ha en 15 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Observaciones superficie mínima de parcela Longitud mínima del lindero frontal (m) Observaciones longitud mínima del lindero frontal Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Observaciones círculo inscribible mínimo Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Separación mínima a lindero posterior (m) Observaciones separación mínima a lindero posterior Separación mínima a lindero lateral (m) Observaciones separación mínima a lindero lateral Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Observaciones porcentaje máximo de ocupación Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) Determinaciones al uso IDEN Otras determinaciones
F Ordenanza F- Zumacal I 120 Observaciones - A efectos de parcelaciones y segregación de parcelas 8 Observaciones - A efectos de parcelaciones y segregación de parcelas. La parcela deberá necesariamente tener un lindero con la vía de acceso rodado más próxima, al cual se denominará lindero frontal. I 8 Observaciones - A efectos de parcelaciones y segregación de parcelas I I 3 Observaciones - Es obligado sólo para las parcelas con frente que excedan de 11 metros I Observaciones - No se proponen. I I 80 Observaciones - De la parcela I 2 I I I I Obras de reforma y modificación : Carácter del acto : Permitido. - 398659 Altura en metros : 7. Cota de segundo forjado - Altura en metros : 8,3. Cota de coronación. La altura máxima se medirá desde la cota natural del terreno, definida en la cota media de la línea de máxima pendiente. - Mantenimiento de la edificación. Todos los edificios incluidos en este área que estén considerados como conservables, por poseer ciertas características históricas y estéticas y por tanto tengan un valor propio que se quiere conservar. -