• Ambito: Modificación Puntual Ordinaria nº1 de El Rosario
  • Instrumento: MP PGO Modificación Puntual Ordinaria nº1 - 29 de Febrero de 2012
  • Trámite: APROB. DEF. MP PGO Modificación Puntual Ordinaria nº1 - 29 de Febrero de 2012
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Modificación Puntual Ordinaria Nº 1 de Plan General de Ordenación de El Rosario por Pleno Ordinario 7/02/2012, publicado el 29/02/2012 en el BOC 042/12 y el 27/02/2012 en el BOP 028/12 (410)
  • Etiqueta: CJC (Edificación en Ciudad Jardín en la Costa)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 40,7 ha en 48 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Observaciones superficie mínima de parcela Longitud mínima del lindero frontal (m) Observaciones longitud mínima del lindero frontal Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Observaciones círculo inscribible mínimo Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Observaciones separación mínima entre edificios Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) Observaciones a la distancia del fondo máximo edificable paralelo a alineación viaria Determinaciones al uso IDEN Otras determinaciones
CJC Edificación en Ciudad Jardín en la Costa I COM 1000 : Observaciones - Para colonias. # 120-300 : Observaciones - En los sectores urbanísticos ya existentes antes de la entrada en vigor de este Plan General (Costanera, Radazul Alto y Bajo, Tabaiba Baja), la parcela mínima de estos sectores vendrá determinada según el parcelario existente, o el establecido para cada sector en las normas vigentes anteriores a este Plan General. En estos sectores, y a efectos de parcela edificable, serán edificables todas las parcelas derivadas del parcelario de los proyectos de reparcelación vigentes, aunque sus superficies sean inferiores a la parcela mínima o los frentes de parcela sean inferiores a lo establecido por este Plan General. # COM 12 : Observaciones - Para construcciones en colonias. Se referirá al conjunto de la parcela urbanística, incluyendo los accesos a la colonia, independientemente del modelo de agrupación o de la tipología de ciudad jardín en que se inserte. # 4,5 : Observaciones - En adosados o semiadosados de nueva promoción cuando superen las cuatro viviendas por parcela, no se permiten en frente a vía o espacio público las puertas de garaje independientes de carácter unifamiliar. La promoción deberá organizarse con accesos rodados comunes en el frente. Las parcela situadas en esquina, se considerarán a estos efectos como un único frente. En promociones de parcela unitaria con división horizontal entre las distintas viviendas. # 7,5 : Observaciones - Para agrupaciones adosadas. # 10 : Observaciones - En Costanera, para todas las parcelas. # 6 : Observaciones - Adosadas. De aplicación en parcelaciones, sin división horizontal, de promociones con Proyecto de Edificación conjunto en la totalidad de la parcela urbanística. # 7,5 : Observaciones - Pareadas (7,5+7,5). De aplicación en parcelaciones, sin división horizontal, de promociones con Proyecto de Edificación conjunto en la totalidad de la parcela urbanística. # 12 : Observaciones - Aislada. De aplicación en parcelaciones, sin división horizontal, de promociones con Proyecto de Edificación conjunto en la totalidad de la parcela urbanística. # null : Observaciones - En el sector de Costanera se mantendrá el parcelario existente y el modelo de agrupamiento de la edificación fijado por manzanas en el Plan Parcial aprobado. # 30 : Observaciones - Para adosados en la Esperanza, Llano del Moro y Machado, cuando venga forzado por las características geométricas de la parcela. # 24 : Observaciones - Para adosados en la Esperanza, Llano del Moro y Machado. # 42 : Observaciones - Para la agrupación adosada, en los extremos de la agrupación para completar con pieza descolgada, el número de unidades de la promoción cuando venga forzado por las características geométricas de la parcela. # 36 : Observaciones - Para la agrupación adosada, frente edificado conjunto. # I 12 Observaciones - En colonias de más de 10 viviendas. I 3 3 3 I COM 6 : Observaciones - (3+3) Para construcciones en colonias con divisiones. # 4 : Observaciones - Para construcciones en colonias sin divisiones. # 70 I I I I I I Observaciones - Libre. De edificación o de agrupaciones de pareados/adosados. Del Plan Precedente: Agregación de parcela : Carácter de los actos : Acto permitido. Con Licencia de Segregación o Agrupación, cuando cada una de las parcelas resultantes cumpla simultáneamente las condiciones establecidas para: - Parcela Mínima - Frente Mínimo correspondiente a cada tipología. - Condiciones de Agrupación de la edificación. - Vivienda Mínima. En todo el sector de Costanera, el parcelario es fijo, no permitiéndose segregaciones o agrupaciones de parcelas. El parcelario, la edificabilidad por parcela y el modelo de agrupación de la edificación (adosada, pareada o aislada) se mantendrá invariable al contenido en el Plan Parcial aprobado. - Segregación de parcela : Carácter de los actos : Acto permitido. Con Licencia de Segregación o Agrupación, cuando cada una de las parcelas resultantes cumpla simultáneamente las condiciones establecidas para: - Parcela Mínima - Frente Mínimo correspondiente a cada tipología. - Condiciones de Agrupación de la edificación. - Vivienda Mínima. No se permite en parcelas con edificación catalogada. En todo el sector de Costanera, el parcelario es fijo, no permitiéndose segregaciones o agrupaciones de parcelas. El parcelario, la edificabilidad por parcela y el modelo de agrupación de la edificación (adosada, pareada o aislada) se mantendrá invariable al contenido en el Plan Parcial aprobado. - Garajes comunes : Carácter de los actos : Acto permitido. - Del Plan Actual: Agregación de parcela : Carácter de los actos : Acto permitido. Con Licencia de Segregación o Agrupación, cuando cada una de las parcelas resultantes cumpla simultáneamente las condiciones establecidas para: - Parcela Mínima - Frente Mínimo correspondiente a cada tipología. - Condiciones de Agrupación de la edificación. - Vivienda Mínima. En todo el sector de Costanera, el parcelario es fijo, permitiéndose segregaciones o agrupaciones de parcelas. La edificabilidad por parcela y el modelo de agrupación de la edificación (adosada, pareada o aislada) se mantendrá invariable al contenido en el Plan Parcial aprobado. - Segregación de parcela : Carácter de los actos : Acto permitido. Con Licencia de Segregación o Agrupación, cuando cada una de las parcelas resultantes cumpla simultáneamente las condiciones establecidas para: - Parcela Mínima - Frente Mínimo correspondiente a cada tipología. - Condiciones de Agrupación de la edificación. - Vivienda Mínima. No se permite en parcelas con edificación catalogada. En todo el sector de Costanera, el parcelario es fijo, permitiéndose segregaciones o agrupaciones de parcelas. La edificabilidad por parcela y el modelo de agrupación de la edificación (adosada, pareada o aislada) se mantendrá invariable al contenido en el Plan Parcial aprobado. - 113805 Casas prefabricadas de madera. Se permiten Deberán cumplir las mismas condiciones urbanísticas, técnicas y administrativas que el resto de las edificaciones, incluyendo la Normativa de Habitabilidad y el cumplimiento del Código Técnico de la Edificación. -