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TR1 |
Transición 1 |
I |
COM |
200m2 en el caso de parcelas sin medianeras laterales.150m2 en parcelas con una medianera lateral.100m2 en parcelas entre dos medianeras. Se exceptúan las parcelas residuales situadas entre dos ya construidas, siempre que en ellas se pueda desarrollar un edificio cuyas viviendas o locales cumplan con la normativa aplicable de habitabilidad.
Las parcelas que no reúnan estas condiciones sólo podrán edificarse si se agrupan con alguna de las colindantes. Art.4.7.2 |
COM |
6m en parcelas sin medianeras laterales o con una medianera lateral.5m en parcelas entre dos medianeras. Se exceptúan las parcelas residuales situadas entre dos ya construidas, siempre que en ellas se pueda desarrollar un edificio cuyas viviendas o locales cumplan con la normativa aplicable de habitabilidad.
Las parcelas que no reúnan estas condiciones sólo podrán edificarse si se agrupan con alguna de las colindantes. Art.4.7.2 |
I |
COM |
12m en parcelas sin medianeras laterales.8m en parcelas con una medianera lateral.5m en parcelas entre dos medianeras.
Se exceptúan las parcelas residuales situadas entre dos ya construidas, siempre que en ellas se pueda desarrollar un edificio cuyas viviendas o locales cumplan con la normativa aplicable de habitabilidad.
Las parcelas que no reúnan estas condiciones sólo podrán edificarse si se agrupan con alguna de las colindantes. Art.4.7.2 |
I |
COM |
Caso normal:
El retranqueo mínimo será de 3m.Art 4.7.4
Caso especial 1:
GRF. Cuando se señale en los planos un jardín delantero privado, la edificación se retranqueará como mínimo la dimensión determinada en los planos.
Caso especial 2:
Cuando no tengan señalado jardín delantero se podrá situar la edificación en la alineación exterior siempre que ésta esté establecida en base a la edificación existente. |
COM |
Caso normal:
GRF. El retranqueo mínimo será de 3m.
Casos especiales:
-Edificaciones existentes.
-Casos en que se permita expresamente el adosamiento.(Podrán adosarse dos viviendas siempre que se proyecten y construyan simultáneamente, no dejen muros al descubierto y cumplan el resto de parámetros).
Cuando la parcela sea colindante con suelo rústico y no se haya establecido alineación interior, si el suelo rústico pertenece a otra propiedad la edificación se retranqueará 3m.Art 4.7.4 |
COM |
Caso normal:
GRF. El retranqueo mínimo será de 3m.
Casos especiales:
-Edificaciones existentes.
-Casos en que se permita expresamente el adosamiento. Podrán adosarse dos viviendas siempre que se proyecten y construyan simultáneamente, no dejen muros al descubierto y cumplan el resto de parámetros.
-Que existan edificios colindantes con paredes medianeras de altura superior a una planta. En este caso será obligatorio el adosamiento a las medianeras laterales existentes al menos en una profundidad de 3m desde la alineación de fachada.
-Cuando la parcela sea colindante con suelo rústico y no se haya establecido alineación interior, si el suelo rústico pertenece a otra propiedad la edificación se retranqueará 3m.Art 4.7.4 |
T |
De no estar reflejado en los planos, en ningún caso será superior a 40m medidos desde la alineación exterior de la parcela, ni podrá superar la distancia que resulte de la regulación sobre retranqueos que sea aplicable.
Se exceptúan las edificaciones existentes. Art 4.7.5 |
I |
COM |
En el caso de parcelas sin medianeras laterales y parcelas con una medianera lateral la ocupación máxima será 30% (se aplicarán las condiciones particulares que regulan la Ciudad Jardín Aislada. Art 4.7.1.En los terrenos con pendiente superior al 20% se permite aumentar esta ocupación un 10%.Los sótanos tendrán el mismo porcentaje de ocupación que la edificación sobre la cota de suelo. Se exceptúan las edificaciones existentes. Art 4.6.4)
En el caso de parcelas con dos medianeras laterales la ocupación máxima será de 100%(se aplicarán las condiciones particulares de las Edificaciones Alineadas a Vial. Art 4.7.1Se autoriza la ocupación total de la parcela, salvo lo que se determine respecto a la profundidad del fondo edificable en el que se sitúe la alineación interior. Art.4.1.3) |
COM |
Será la derivada de la aplicación del resto de parámetros |
2 |
I |
6,80 |
I |
40 |