• Ambito: Santa María de Guía de Gran Canaria
  • Instrumento: PGO Santa María de Guía de Gran Canaria - 18 de Agosto de 2005
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Santa María de Guía de Gran Canaria - 18 de Agosto de 2005
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Adaptación Plena a D.L. 1/2000 de Plan General de Ordenación de Santa María de Guía de Gran Canaria, publicado el 18/08/2005 en el BOC 161/05 y el 26/12/2005 en el BOP 165/05 (659)
  • Etiqueta: SUSO8.1 (Suelo Urbanizable Llano Alegre)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 3,5 ha en 5 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Observaciones superficie mínima de parcela Longitud mínima del lindero frontal (m) Observaciones longitud mínima del lindero frontal Fondo mínimo de parcela (m) Observaciones fondo mínimo de parcela Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Observaciones altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Observaciones altura máxima en metros a parcela Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m)
SUSO8.1 Suelo Urbanizable Llano Alegre I COM La superficie mínima será la del parcelario. COM El frente mínimo será el del parcelario. COM El fondo mínimo será el resultante de la aplicación del resto de los parámetros. I I I I I I I I I 2 Anexo a la Normativa I 10 Anexo a la Normativa. Medidos a cumbrera. Cuando la tipología es distinta de la de nave industrial, ésta podrá tener cubierta plana y podrá desarrollarse con una altura de 8 m en total con carácter general en todas las parcelas. I I