• Ambito: Santa María de Guía de Gran Canaria
  • Instrumento: PGO Santa María de Guía de Gran Canaria - 18 de Agosto de 2005
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Santa María de Guía de Gran Canaria - 18 de Agosto de 2005
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Adaptación Plena a D.L. 1/2000 de Plan General de Ordenación de Santa María de Guía de Gran Canaria, publicado el 18/08/2005 en el BOC 161/05 y el 26/12/2005 en el BOP 165/05 (659)
  • Etiqueta: m3 (Edificación en Manzana Cerrada con alineación a calle en parcela regular de tamaño medio (zonas de ampliación de cascos o ensanches))
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 2,3 ha en 18 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Observaciones superficie mínima de parcela Longitud mínima del lindero frontal (m) Observaciones longitud mínima del lindero frontal Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Observaciones separación mínima a lindero frontal Separación mínima a lindero posterior (m) Observaciones separación mínima a lindero posterior Separación mínima a lindero lateral (m) Observaciones separación mínima a lindero lateral Fondo máximo edificable Observaciones fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Observaciones porcentaje máximo de ocupación Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Observaciones edificabilidad máxima Altura máxima en número de plantas Observaciones altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Observaciones altura máxima en metros a viario Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m)
m3 Edificación en Manzana Cerrada con alineación a calle en parcela regular de tamaño medio (zonas de ampliación de cascos o ensanches) I 500 Plan Operativo.Tít.8.Cap.IV.Art.8.4.7. 16 Plan Operativo.Tít.8.Cap.IV.Art.8.4.7. I I I COM Plan Operativo.Tít.8.Cap.IV.Art.8.4.7. Se prohíben expresamente los retranqueos que dejen las medianeras vistas. COM Plan Operativo.Tít.8.Cap.IV.Art.8.4.7. Se prohíben expresamente los retranqueos que dejen las medianeras vistas. COM Plan Operativo.Tít.8.Cap.IV.Art.8.4.7. Se prohíben expresamente los retranqueos que dejen las medianeras vistas. T Plan Operativo.Tít.8.Cap.IV.Art.8.4.7. I COM Plan Operativo.Tít.8.Cap.IV.Art.8.4.7. - En parcelas que no son de esquina: 80%, salvo que el destino sea comercial, de almacén o aparcamientos en cuyo caso se permitirá una ocupación en esa planta del 100%, sin que ello suponga un aumento de la edificabilidad de la parcela. - En parcelas en esquina: 100% cuando el fondo menor no exceda de 15m. COM Plan Operativo.Tít.8.Cap.IV.Art.8.4.7. - En parcelas que no son de esquina: 2,4m2/m2. - En parcelas en esquina: 3m2/m2 cuando su fondo menor no exceda de 15m. 3 Plan Operativo.Tít.8.Cap.IV.Art.8.4.7. Planta baja + 2 plantas. En las edificaciones preexistentes a la aprobación definitiva del presente Plan General de Ordenación, con uso comercial consolidado y que éste supere el 40% de la superficie construida máxima de la parcela, podrán consolidar ese uso en la totalidad de las plantas establecidas por el Plan en las condiciones exigidas en las presentes ordenanzas. COM Plan Operativo.Tít.8.Cap.IV.Art.8.4.7. - Altura medida a cornisa: 10m, sobre la rasante de la calle. - Altura de coronación: 11,5 m, sobre la rasante de la calle. La altura libre de la planta baja no será superior a 3,5m. I I 45