• Ambito: Candelaria
  • Instrumento: PGO Candelaria - 31 de Agosto de 2006
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Candelaria - 31 de Agosto de 2006
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Texto Refundido de Aprobación Definitiva de Adaptación Plena al D.L. 1/2000 de Plan General de Ordenación de Candelaria publicado el 10/05/2007 en el BOC 092/07 y el 17/05/2007 en el BOP 071/07 (674)
  • Etiqueta: IC-2 (EDIFICACION INDUSTRIAL COMERCIAL)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 7,0 ha en 12 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Observaciones superficie mínima de parcela Longitud mínima del lindero frontal (m) Observaciones longitud mínima del lindero frontal Fondo mínimo de parcela (m) Observaciones fondo mínimo de parcela Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Observaciones líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Observaciones separación mínima a lindero frontal Separación mínima a lindero posterior (m) Observaciones separación mínima a lindero posterior Separación mínima a lindero lateral (m) Observaciones separación mínima a lindero lateral Fondo máximo edificable Observaciones fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Observaciones porcentaje máximo de ocupación Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Observaciones edificabilidad máxima Altura máxima en número de plantas Observaciones altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Observaciones altura máxima en metros a viario Altura máxima en metros a parcela (m) Observaciones altura máxima en metros a parcela Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m)
IC-2 EDIFICACION INDUSTRIAL COMERCIAL I 600 Art. 5.7.2. Se permite un margen de superficie de ±10% (m²) 15 Art. 5.7.2. Se permite un margen de superficie de ±10% (m²) COM Art. 5.7.2. En las manzanas de 40m de fondo, la edificación ocupará obligatoriamente dicho fondo. I COM Art. 5.7.2. La edificación tendrá frente a dos calles opuestas a niveles distintos y se adosará en los linderos COM Art. 5.7.2. La edificación tendrá frente a dos calles opuestas a niveles distintos y se adosará en los linderos COM Art. 5.7.2. La edificación tendrá frente a dos calles opuestas a niveles distintos y se adosará en los linderos COM Art. 5.7.2. La edificación tendrá frente a dos calles opuestas a niveles distintos y se adosará en los linderos COM Art. 5.7.2. En las manzanas de 40m de fondo, la edificación ocupará obligatoriamente dicho fondo. I 100 Art. 5.7.5. 1,80 Art. 5.7.6. La edificabilidad neta será 1,80m²/m² por parcela. Se repartirá entre planta baja y planta alta, según las secciones características de la Ordenanza Gráfica y en función del fondo de parcela edificable. 2 Art. 5.7.3. 13 Art. 5.7.3. 12,50 Art. 5.7.3. I I