|
R1-84257 |
Ordenanza R1 |
I |
300 |
Observaciones - Excepcionalmente, en las parcelas con superficie inferior a la mínima que se encuentren entre dos edificaciones próximas con medianeras vistas, no será de aplicación la parcela mínima, pudiendo la nueva edificación adosarse a ambas medianeras. |
12 |
15 |
I |
I |
I |
Observaciones - Nulo. |
5 |
3 |
I |
I |
I |
I |
2 |
Observaciones - Medida en cualquier punto del terreno. |
I |
I |
3 |
Observaciones - En casos justificados, sino será nulo. |
I |
477216 |
Adecuación al medio : Observaciones - Todas las actuaciones que se realicen en aplicación de la presente ordenanza deberán llevar consigo un estudio justificativo de la adecuación de la misma al medio en que se inserta, fundamentalmente mediante perfiles de adaptación a la topografía y fotografías reflejando el proyecto edificado.
#
Condiciones de agregación : Observaciones - No se admiten más de dos viviendas adosadas en una misma parcela ni la existencia de medianeras que permitan futuras agregaciones.
Se admite la construcción simultánea de 2 parcelas colindantes adosándose la edificación al lindero común, siendo el retranqueo lateral el otro lindero de 6 m.
Para admitir la segregación de parcelas, es imprescindible que las parcelas segregadas resultantes superen la parcela mínima.
#
Vallado de parcelas : Observaciones - El vallado de parcela no superará los 2,50 metros siendo obligatoriamente diáfano a partir de 1 metro de altura.
#
Aparcamientos : Observaciones - Se admite adosado al fondo del lindero lateral de parcela un cuerpo de edificación de 1 planta para uso de garaje, con una superficie máxima de 20 m2. y altura máxima 2,50 m. Cuando la planta baja esté destinada a otro uso, la cubierta del garaje debe ser inclinada en su totalidad.
#
Condiciones estéticas : Observaciones - * La cubierta ha de ser inclinada y con materiales tipo teja en su totalidad.
* No se admiten muros medianeros en la edificación de nueva planta. En la existente han de estar debidamente recibidos y pintados.
* No se admiten vuelos, pero sí entrantes de 2,5 m. máximo.
#
Condiciones higiénicas : Observaciones - Todas los espacios vivideros han de ser exteriores.
#
Altura total : 7,5 : Observaciones - Máximo medidos en cualquier punto del terreno (en caso de escalonamiento de la edificación la altura desde el punto más bajo sobre la rasante del terreno al más alto de la edificación no será superior a 8,50 m.).
#
Altura de la línea de cornisa : 6,5 : #
Altura de piso : 3,1 : Observaciones - Planta de pisos máximo
#
Altura de piso : 3,5 : Observaciones - Planta baja mínimo
#
Altura de piso : 3,1 : Observaciones - Planta baja máximo
#
Superficie edificada total : 240 : #
Ocupación bajo rasante : Observaciones - No se admite la edificación de planta sótano totalmente bajo la rasante del terreno, aunque sí semisótanos en terreno inclinado que cuando en algún punto superen 1,50 m. medido a la parte superior del forjado sobre la rasante natural, computarán como una planta sobre rasante.
#
Superficie de ocupación : 120 : #
Alineación : 5 : Observaciones - En las carreteras locales GC-400, GC-600 y GC-151 , desde la línea blanca exterior de la calzada
#
Objetivo : Observaciones - El objeto de la presente ordenanza es regular y ordenar la edificación racionalizando el proceso de ocupación del suelo manteniendo las características específicas de este tipo de vías de conexión entre las carreteras generales y el interior del territorio, normalmente se trata de vías pavimentadas, con un ancho medio de 5 a 6 metros, las cuales son el objeto central de la ocupación residencial del suelo rústico, para diferenciarlos en relación con las áreas típicamente urbanas.
# |