• Ambito: Vega de San Mateo
  • Instrumento: PGO Vega de San Mateo - 31 de Diciembre de 2006
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Vega de San Mateo - 12 de Agosto de 2005
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan General de Ordenación de La Vega de San Mateo, publicado el 12/08/2005 en el BOP 102/05 (662)
  • Etiqueta: R2-84259 (Ordenanza R2)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 12,5 ha en 98 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Observaciones superficie mínima de parcela Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Observaciones separación mínima a lindero frontal Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Observaciones altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Observaciones a distancia de la línea de disposición a la alineación Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
R2-84259 Ordenanza R2 I 350 Observaciones - Excepcionalmente, en las parcelas con superficie inferior a la mínima que se encuentren entre dos edificaciones próximas con medianeras vistas, no será de aplicación la parcela mínima, pudiendo la nueva edificación adosarse a ambas medianeras. 12 15 I I I Observaciones - Nulo. 5 3 I I I I 1 Observaciones - Máximo medida en cualquier punto del terreno. I I 3 Observaciones - En casos justificados, sino será nulo. I 477214 Adecuación al medio : Observaciones - Todas las actuaciones que se realicen en aplicación de la presente ordenanza deberán llevar consigo un estudio justificativo de la adecuación de la misma al medio en que se inserta, fundamentalmente mediante perfiles de adaptación a la topografía y fotografías reflejando el proyecto edificado. # Condiciones de agregación : Observaciones - No se admiten más de dos viviendas adosadas en una misma parcela ni la existencia de medianeras que permitan futuras agregaciones. Se admite la construcción simultánea de 2 parcelas colindantes adosándose la edificación al lindero común, siendo el retranqueo lateral el otro lindero de 6 m. Para admitir la segregación de parcelas, es imprescindible que las parcelas segregadas resultantes superen la parcela mínima. # Vallado de parcelas : Observaciones - El vallado de parcela no superará los 2,50 metros siendo obligatoriamente diáfano a partir de 1 metro de altura. # Aparcamientos : Observaciones - Se admite adosado a lindero de fondo de parcela un cuerpo de edificación de 1 planta para uso de garaje, con una superficie máxima de 20 m2. La cubierta del garaje ha de ser inclinada en su totalidad y con una altura total inferior al de la vivienda. # Condiciones estéticas : Observaciones - La cubierta ha de ser inclinada y con materiales tipo teja en su totalidad. No se admiten muros medianeros en la edificación de nueva planta. En la existente han de estar debidamente recibidos y pintados. No se admiten vuelos, pero sí entrantes de 2,5 m. máximo. # Condiciones higiénicas : Observaciones - Todas los espacios vivideros han de ser exteriores. # Altura total : 4,5 : Observaciones - Máximo medidos en cualquier punto del terreno (en caso de escalonamiento de la edificación la altura desde el punto más bajo sobre la rasante del terreno al más alto de la edificación no será superior a 5,50 m.). # Altura de la línea de cornisa : 3,5 : # Altura de piso : 3,1 : Observaciones - Planta de pisos máximo # Altura de piso : 3,5 : Observaciones - Planta baja mínimo # Altura de piso : 3,1 : Observaciones - Planta baja máximo # Superficie edificada total : 140 : # Ocupación bajo rasante : Observaciones - No se admite la edificación de plantas sótano totalmente bajo la rasante del terreno, aunque sí semisótanos en terreno inclinado que cuando en algún punto superen 1,50 m. medidos a la parte superior del forjado sobre la rasante natural, computarán como 1 planta sobre rasante. # Superficie de ocupación : 140 : # Alineación : 4 : Observaciones - respecto a la vía, medidos perpendicularmente desde le eje de la vía. # Objetivo : Observaciones - El objeto de la presente ordenanza es regular y ordenar la edificación racionalizando el proceso de ocupación del suelo manteniendo las características específicas de este tipo de vías, que presentan en la actualidad un carácter rústico, de pequeña dimensión en su sección transversal, y que vienen a ser las terminales del sistema de ocupación del territorio, para diferenciarlos en relación con las áreas típicamente urbanas. #