• Ambito: Teror
  • Instrumento: PGO Supletorio de Teror - 14 de Julio de 2015
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Supletorio de Teror - 14 de Julio de 2015
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan General de Ordenación Supletorio de Teror por Pleno COTMAC el 30/06/2014, publicado en 14/07/2015 en el BOC 134/14 (677)
  • Etiqueta: SGsa-6.2 (P)-93515 (Socio - sanitario Lo Llanos)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 6.051,2 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Observaciones altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
SGsa-6.2 (P)-93515 Socio - sanitario Lo Llanos I I I I I I I I I I I I 2 3 Observaciones - Se situará en el solar de tal manera que deje la mayor parte del mismo destinado a jardines. I I I I 475098 Determinaciones ambientales. En los bordes del sector con la GC-42 (Los Llanos I), paralelamente al vial será preceptivo contemplar una franja destinada al ajardinamiento, preferentemente arbóreo, con objeto de crear un espacio de transición ambientalmente adecuado hacia las edificaciones a implantar. El ajardinamiento se realizará utilizando preferentemente especies endémicas y/o autóctonas, que se adapten al piso bioclimático del lugar. Se podrán utilizar especies exóticas de ornato, en un porcentaje reducido y en todo caso inferior al de especies autóctonas, siempre y cuando se trate de especies ya utilizadas tradicionalmente en la jardinería canaria, Se deberá prever la canalización subterránea de los servicios de energía eléctrica y de telecomunicaciones del ámbito afectado, lo cuál se deberá realizar de manera previa al asfaltado de los viales. La instalación del alumbrado eléctrico se diseñará incorporando lámparas y luminarias de máxima eficiencia lumínica, y que se integren adecuadamente en el entorno urbano. - Aparcamientos : 50. Bajo rasante -