• Ambito: Teror
  • Instrumento: PGO Supletorio de Teror - 14 de Julio de 2015
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Supletorio de Teror - 14 de Julio de 2015
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan General de Ordenación Supletorio de Teror por Pleno COTMAC el 30/06/2014, publicado en 14/07/2015 en el BOC 134/14 (677)
  • Etiqueta: SGV-14-93847 (Variante Basayeta/Castaño)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 1,1 ha en 1 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
SGV-14-93847 Variante Basayeta/Castaño I I I I I I I I I I I I I I I I I I 475092 Determinaciones ambientales. Se evitarán los taludes de grandes proporciones, tanto horizontales como verticales, siendo más idónea la construcción de muros de piedra seca, o de hormigón armado, revestido con mampuesto de piedra vista. En cualquier caso, deberá realizarse un tratamiento paisajístico de todos los taludes y desmontes, así como garantizar su mantenimiento. Deberán incorporarse al proyecto, cuando las condiciones técnicas de la vía lo permitan, los apartaderos, las vías de borde peatonales y las plantaciones a borde de carretera con especies resistentes, a ser posible autóctonas y del mismo piso de vegetación que la vía atraviesa. En las zonas colindantes con las vías de nueva apertura se evitará la desaparición de la capa vegetal, debiendo reponerse en las áreas en que haya sido inevitable su pérdida o deterioro. En los caminos y senderos se garantizará el respeto a los caminos a pié de uso público, reales o senderos turísticos. Cualquier obra que afecte a estos caminos deberá en todo caso, volver a dejarlos en las condiciones preexistentes. En caso de cruce por pistas, carreteras u otras infraestructuras, se resolverá la continuidad del camino, manteniendo como mínimo su calidad ambiental y sus características de construcción originales. -