- Ambito: Plan Parcial Tauro Sector 17 de SAU
- Instrumento: PP Tauro Sector 17 de SAU - 6 de Octubre de 1999
- Trámite: APROB. DEF. PP Tauro Sector 17 de SAU - 6 de Octubre de 1999
- BOC: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Plan Parcial Tauro Sector 17 de Suelo Apto para Urbanizar de Mogán, publicada el 06/10/1999 en el BOC 134/99 (778)
- Etiqueta: T - 21 (Parcela T - 21)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 6,8 ha en 1 recinto/s
- Documentos originales: enlace
# | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Separación mínima a lindero posterior (m) | Separación mínima a lindero lateral (m) | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) | IDEN | Otras determinaciones |
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T - 21 | Parcela T - 21 | I | 1500,00 | I | I | I | I | I | I | I | I | I | 35,00 | 0,4360 | 2,00 | I | I | I | I | 470806 | Particularidades. Esta parcela y otras que terminan el viario de este Plan Parcial como la T-9, T-18 y T-20 para construir en la subparcela donde no llega el viario deberá diseñar un viario privado para lo cual será preceptivo un Estudio de Detalle. Esta parcela, que hace de borde del Sector deberán conectar con el suelo rústico con que colinda con un bancal de al menos 5 metros y pendiente similar al terreno colindante que se cubrirá con especies de tabaibas y cardones del lugar, hasta acordar con la pendiente superior del terreno natural colindante. Respetará las directrices de implantación de la edificación en la alternativa A. Los aparcamientos públicos se localizarán concentrados en una sola localización. Serán preferentemente subterráneos y excepcionalmente podrán estar en superficie en un contexto de espacio libre privado de uso público y con acceso al igual que en el supuesto de subterráneo desde un vial del Plan Parcial. - Dotación mínima de aparcamientos : 149,00. Como plazas de aparcamiento público. - Dotación mínima de aparcamientos : 149,00. Como plazas de garaje. - Rasantes oficiales. General. - Alineaciones. Libre. - Retranqueo o separación a lindero lateral : 3,00. - Retranqueo o separación a lindero posterior : 3,00. - Retranqueo o separación a lindero frontal : 3,00. - Nº de camas : 541,00. - Superficie edificable : 2.705,00. Como edificabilidad complementaria. - Superficie edificable : 27.050,00. Como edificabilidad principal. - Superficie : 68.132,00. - |