• Ambito: Santa Cruz de Tenerife
  • Instrumento: PGO Santa Cruz de Tenerife - 20 de Abril de 2007
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Santa Cruz de Tenerife - 12 de Noviembre de 2014
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Modo Parcial de Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife, publicado el 12/11/2014 en el BOC 220/14 (829)
  • Etiqueta: INTE-751 (Recintos con protección relacionada con integral)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 137,8 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de grado de protección Tipo de admisibilidad de la intervención de conservación Tipo de admisibilidad de la intervención de restauración Tipo de admisibilidad de la intervención de rehabilitación Tipo de admisibilidad de la intervención de remodelación Observaciones a la admisibilidad de la intervención de remodelación Determinaciones al uso IDEN Otras determinaciones
INTE-751 P P P P Observaciones - Sólo para el caso de remonta Reposición : Admisibilidad de la intervención : Autorizable - Obras congruentes con los valores determinantes de la catalogación : Admisibilidad de la intervención : Autorizable - 17165 Referencia histórica. Arquitectura tradicional canaria. Modesta construcción del siglo XVIII. - Criterios de distribución y composición. Vivienda de una sola altura y planta compuesta por dos crujías adosadas perpendicularmente en la esquina, conformando un patio interior. Cubiertas inclinadas a tres aguas de tejas cerámicas curvas. La fachada sobre la calle Puente del Cabo con tres puertas, se remata por alero de tejas. En la calle Vera del Barranco la fachada presenta una puerta de acceso, un ventanillo y muro de cerramiento del patio con puerta de acceso. Elementos de Interés: Alero de tejas. - Uso actual. Terciario (Farmacia) - Estado de conservación : Bueno. - Superficie aproximada actual: Construida : 178. - Superficie aproximada actual: Ocupada : 138,9. - Superficie aproximada actual: Parcela : 138,9. - Observaciones. En esta parcela queda prohibido el uso Residencial, excepto en las preexistentes, que mantendrán dicho uso, conforme al Artículo 4.4.6 de la TRLOTENC. Sólo son admisibles los usos de Terciario y Equipamiento en cualquiera de sus categorías. - Condiciones de protección e intervención. No son vinculantes las siguientes determinaciones por estar incluido este inmueble en un Conjunto Histórico, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 4/1999 de Patrimonio Histórico de Canarias: - Condiciones de intervención. En este nivel de protección se considera que la fachada tiene un valor urbano fundamental, por lo que además de las cualidades específicas, la fachada se protegerá integramente. - Condiciones de protección. Están comprendidas en este nivel las edificaciones, que sin merecer la catalogación integral, poseen valores tipológicos, constructivos, formales o estilísticos, siendo elementos representativos de los modos de construcción, distribución, composición y ornamentación de determinados períodos históricos. El nivel Ambiental se aplicará a aquellas edificaciones que contribuyan a definir las características morfológicas, de imagen y carácter del ambiente urbano. Estos valores se reflejan exteriormente en la fachada e interiormente en la disposición de los elementos comunes o característicos. Aún cuando prevalece la preservación de unidades arquitectónicas completas, este nivel de protección podrá centrarse, excepcionalmente, sólo en algunos aspectos del edificio. La aplicación del grado de protección ambiental supone siempre la protección de la fachada, valorada por su composición, las técnicas constructivas o los materiales utilizados, con sus elementos específicos de la composición u ornamentación de la misma: balcones, ventanas, o bien otros elementos arquitectónicos de interés, carpinterías, balcones, barandillas, etc. Además supondrá la protección de los siguientes elementos, según se especifique en la ficha correspondiente: a) Valores tipológicos de un edificio, entendiendo por tales, la fachada, la organización en planta y el volumen del edificio. b) Partes estructurantes de un edificio, tales como escaleras principales, el zaguán, los espacios libres, la jerarquización de volúmenes interiores, las alturas o los forjados. El régimen de obras permitidas o autorizables en ningún caso podrá afectar al elemento objeto de protección específica, salvo que así se contemple expresamente en la ficha correspondiente. - Régimen jurídico complementario. Entorno de Monumento BIC 04 y BIC Conjunto Histórico Antiguo Santa Cruz - Régimen de propiedad : Privado. - Referencia Catastral. 78928-15 - Dirección. Padre Moore, 4; Charco de la Casona, 4 - Área de Ordenación Urbanística. AOU: 2.7 CENTRO - Área Territorial. AE-2: CENTRO-COLINAS - Grados de protección del Patrimonio Arquitectónico y Urbano : Protección Ambiental. -