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INTE-744 |
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Observaciones - Sólo para el caso de remonta |
Reposición : Admisibilidad de la intervención : Autorizable
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Obras congruentes con los valores determinantes de la catalogación : Admisibilidad de la intervención : Autorizable
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17155 |
Referencia histórica. Edificio de viviendas y comercial rematado en cornisa mixtilínea, combinándose elementos regionalista y clásicos propios del estilo Neocanario de Marrero Regalado. Data de los años 40 del siglo XX.
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Criterios de distribución y composición. Edificio entre medianeras de fachada simétrica. La composición de esta se hace por un basamento, más seis niveles y un último nivel de coronamiento con formas de volutas en el centro. Presenta dos cuerpos verticales resaltados en los laterales de la fachada con un solo vano por planta y en el cuerpo central se abren tres vanos por planta, todos alineados según ejes verticales. Sobre el primer nivel en el centro los huecos son de arco de medio punto y se abren a un balcón corrido con barandilla metálica.
Elementos de interés: Barandilla metálica en planta primera y última. Gárgolas. Guardapolvos. Coronamiento con forma de volutas.
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Uso actual. Mixto: Residencial, comercial
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Estado de conservación : Bueno.
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Superficie aproximada actual: Construida : 2259,69.
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Superficie aproximada actual: Ocupada : 157,12.
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Superficie aproximada actual: Parcela : 277,38.
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Condiciones de intervención. En este nivel de protección se considera que la fachada tiene un valor urbano fundamental, por lo que además de las cualidades específicas, la fachada se protegerá integramente.
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Condiciones de protección. Están comprendidas en este nivel las edificaciones, que sin merecer la catalogación integral, poseen valores tipológicos, constructivos, formales o estilísticos, siendo elementos representativos de los modos de construcción, distribución, composición y ornamentación de determinados períodos históricos. El nivel Ambiental se aplicará a aquellas edificaciones que contribuyan a definir las características morfológicas, de imagen y carácter del ambiente urbano. Estos valores se reflejan exteriormente en la fachada e interiormente en la disposición de los elementos comunes o característicos. Aún cuando prevalece la preservación de unidades arquitectónicas completas, este nivel de protección podrá centrarse, excepcionalmente, sólo en algunos aspectos del edificio.
La aplicación del grado de protección ambiental supone siempre la protección de la fachada, valorada por su composición, las técnicas constructivas o los materiales utilizados, con sus elementos específicos de la composición u ornamentación de la misma: balcones, ventanas, o bien otros elementos arquitectónicos de interés, carpinterías, balcones, barandillas, etc.
Además supondrá la protección de los siguientes elementos, según se especifique en la ficha correspondiente:
a) Valores tipológicos de un edificio, entendiendo por tales, la fachada, la organización en planta y el volumen del edificio.
b) Partes estructurantes de un edificio, tales como escaleras principales, el zaguán, los espacios libres, la jerarquización de volúmenes interiores, las alturas o los forjados.
El régimen de obras permitidas o autorizables en ningún caso podrá afectar al elemento objeto de protección específica, salvo que así se contemple expresamente en la ficha correspondiente.
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Régimen de propiedad : Privado.
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Referencia Catastral. 77967-06
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Dirección. El Pilar, 7
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Área de Ordenación Urbanística. AOU: 2.7 CENTRO
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Área Territorial. AE-2: CENTRO-COLINAS
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Grados de protección del Patrimonio Arquitectónico y Urbano : Protección Ambiental.
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