• Ambito: Santa Cruz de Tenerife
  • Instrumento: PGO Santa Cruz de Tenerife - 20 de Abril de 2007
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Santa Cruz de Tenerife - 12 de Noviembre de 2014
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Modo Parcial de Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife, publicado el 12/11/2014 en el BOC 220/14 (829)
  • Etiqueta: INTE-693 (Recintos con protección relacionada con integral)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 1.800,4 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de grado de protección Tipo de admisibilidad de la intervención de conservación Tipo de admisibilidad de la intervención de restauración Tipo de admisibilidad de la intervención de consolidación Determinaciones al uso IDEN Otras determinaciones
INTE-693 P P P Adecuación del espacio interior : Admisibilidad de la intervención : Permitida - Reposición : Admisibilidad de la intervención : Autorizable - Demolición : Admisibilidad de la intervención : Autorizable - 17078 Referencia histórica. El proyecto del edificio del Cabildo Insular fue el resultado de un concurso que la Diputación Provincial falló a favor del arquitecto Enrique Marrero Regalado en 1934. El técnico llegó a realizar en colaboración con el arquitecto Schneider cuatro proyectos, de los cuales dos eran de tipo monumental y dos racionalistas. Resultó elegida la cuarta solución, de gran empaque monumental y desarrollada por Marrero. Las propuestas ofrecían respuestas no solo al tema de la fachada, sino también al desarrollo de las plantas y usos y a la ordenación de la plaza contigua y los accesos a la ciudad. El proyecto fue firmado en julio de 1934, iniciándose las obras seis meses después, durando los trabajos hasta 1940 pero la amplitud del edificio excesivo hizo pensar en compatibilizar sus funciones. Finalmente, ante el peligro de que le gremio militar se hiciera cargo de él, se llevó a cabo una apresurada mudanza. Fundamental fue la labor de su presidente, Antonio Lecuona, que gestionó la decoración del Salón de Plenos con la obra de José de Aguiar. - Criterios de distribución y composición. Planta de forma rectangular desarrollada sobre un gran patio de luces; en cada vértice tiene una torre que sobresale: seis alturas la torre-reloj en el lado próximo al mar, y una en las restantes. La composición de la fachada tiene un esquema tradicional, a partir de un basamento, un doble orden y remate a modo de balaustre. Se divide en tres unidades. La primera se compone de un módulo, que sobresale del plano principal, que presenta en planta baja una galería porticada, formada por cinco arcos de medio punto. En los tres niveles superiores que forman esta unidad, presenta columnas adosadas de orden toscano. En los intercolumnios se articulan cinco ventanas, que llegan hasta un entablamento de arquitrabe corrido y friso liso, en donde aparece el nombre de la institución. Sobre éste se desarrolla otra altura con los mismos huecos y una cornisa que enmarca en el centro un escudo. Remata este cuerpo una balaustrada. El segundo módulo, formado por todo el edificio excepto la torre, repite en el centro de cada frontis el mismo diseño de la fachada. El tercer, formado por la torre, repite el mismo esquema, con dos columnas de orden toscano a cada lado. El último nivel tiene cinco arcos de medio punto apoya en una cornisa de resalte. Elementos de Interés: Torre-reloj. Escalera imperial de mármol. Salón de Actos con pinturas de José Aguiar. Vidriera, tratamiento de ebanistería, decoración exterior, tratamiento de la piedra en fachada. - Uso actual. Administración pública - Estado de conservación : Bueno. - Superficie aproximada actual: Construida : 10089,3. - Superficie aproximada actual: Ocupada : 2022,9. - Superficie aproximada actual: Parcela : 2022,9. - Condiciones complementarias. La ampliación del edificio del Cabildo Insular, ubicado en el solar contiguo a la Delegación de Hacienda, deberá responder morfológicamente al edificio protegido, evitando la pérdida de su integridad y deterioro de los valores que motivaron su catalogación. - Condiciones de protección. Están comprendidas en este nivel los inmuebles de valor histórico y/o arquitectónico que justifican la preservación de sus características arquitectónicas originarias y cuya pérdida o alteración produciría un daño irreparable sobre los valores que representa y que, por su calidad, antigüedad o representatividad de un periodo significativo, deben ser conservadas en todas sus características, tanto exteriores como de distribución interior, ya que lo tipológico y constructivo tiene en ellas un valor principal, pudiendo contener componentes cuya especial protección, en su caso, se indica en las instrucciones de la ficha correspondiente. Estos valores se reflejan exteriormente en la fachada e interiormente en la disposición de los elementos comunes o característicos, como patios interiores, escaleras, artesonados, solados, elementos de carpintería y otros acabados. Dentro de este nivel de protección se incluyen los inmuebles de carácter emblemático, que corresponden a las edificaciones singulares, que poseen un gran valor arquitectónico, histórico o artístico, consideradas urbanísticamente como elementos primarios o hitos en torno a los que se ha organizado la estructura urbana. En este caso el grado de protección se identifica como Integral Emblemático, Nivel 1E, y el régimen de intervenciones es aún más restrictivo que el propio grado integral. La aplicación del grado de Protección Integral supone la preservación de la totalidad del inmueble y de la totalidad de su parcela. Sólo se permitirán segregaciones de la parcela, que supongan la desafección de partes carentes de interés patrimonial, previa autorización de la administración insular. - Régimen de propiedad : Público. Cabildo Insular de Tenerife - Referencia Catastral. 81931-01 - Dirección. Avda. Bravo Murillo, 1; Plaza de España, 1 - Área de Ordenación Urbanística. AOU: 2.7 CENTRO - Área Territorial. AE-2: CENTRO-COLINAS - Grados de protección del Patrimonio Arquitectónico y Urbano : Protección Integral. Emblemática -