• Ambito: Santa Cruz de Tenerife
  • Instrumento: PGO Santa Cruz de Tenerife - 20 de Abril de 2007
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Santa Cruz de Tenerife - 12 de Noviembre de 2014
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Modo Parcial de Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife, publicado el 12/11/2014 en el BOC 220/14 (829)
  • Etiqueta: INTE-656 (Recintos con protección relacionada con integral)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 236,2 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de grado de protección Tipo de admisibilidad de la intervención de conservación Tipo de admisibilidad de la intervención de restauración Tipo de admisibilidad de la intervención de consolidación Tipo de admisibilidad de la intervención de rehabilitación Tipo de admisibilidad de la intervención de remodelación Observaciones a la admisibilidad de la intervención de remodelación IDEN Otras determinaciones
INTE-656 P P P P P Observaciones - Salvo que se indique expresamente alguna condición específica, como regla general se permite la remodelación total y, por lo tanto, el vaciado del edificio, que sólo será posible en la medida en que el proyecto de obra nueva se plantee de manera coherente con la estructura funcional y formal de la fachada y se garantice la no existencia de elementos de interés patrimonial en su interior, mediante la emisión de informe por parte de técnico competente, para su incorporación en el proyecto de obra. En este caso se permitirá introducir un forjado mas, si se cumplen las siguientes condiciones: a) Que la cubierta terminada del último forjado construido y piso de cubierta terminada no sobrepase en más de un (1) metro la cubierta terminada del edificio original. b)que el piso de la planta baja se sitúe, como máximo, a un (1) metro por debajo del piso terminado original. c) Que los nuevos forjados en las proximidades de los huecos de fachada, y en caso de que coincidan con éstos, se han de retranquear, como mínimo, dos (2) metros, para evitar la compartimentación del hueco y su visión desde el exterior. d) Que se cumpla lo establecido en las Normas para la regulación de la altura de plantas. En el caso de que sea inviable la remodelación total, debido a las características constructivas del edificio, se entenderá que ésta anterior es una opción máxima y en ningún caso podrá justificarse la desaparición de la fachada original argumentando la imposibilidad de compatibilizar la remodelación total con el mantenimiento de la fachada. En este caso, la edificación catalogada se entenderá asimilada al grado Ambiental a los efectos del tipo de obras permitidas 17027 Referencia histórica. Bajo las directrices estilísticas del eclecticismo se proyectó este inmueble, que pudo ser construido en los últimos años del siglo XIX o en los primeros momentos del XX. La edificación, destinada a vivienda y locales comerciales, se divide en tres plantas. La fachada de la misma se estructura en dos cuerpos horizontales, que se organizan mediante el empleo de una moldura, que, del mismo modo, subdivide el cuerpo superior en dos calles horizontales. El paramento de ambas zonas es distinto, puesto que, frente al aspecto liso del primero, el segundo aparece con una serie de líneas incisas paralelas, que configura un marcado ritmo horizontal a la fachada. Estos mismo rasgos se observan en las pilastras, situadas en los extremos de la edificación. De hecho, las del cuerpo superior se ven interrumpidas por la presencia de diversas molduras. La horizontalidad de la fachada se garantiza, a su vez, por el número y la ubicación de los huecos, es decir, tres en la planta segunda e idéntica cantidad en la tercera. Los distintos vanos son recorridos en su totalidad, por una moldura sencilla, y cada uno posee una balaustrada de hierro cuyos barrotes tienen adornos entre sí. La cornisa antecede a un antepecho ciego que corona la edificación. DARIAS PRÍNCIPE, Alberto: Arquitectura y arquitectos en las Canarias Occidentales 1874-1931, Santa Cruz de Tenerife, 1985, págs. 187-204. - Criterios de distribución y composición. En planta baja se reforman los vanos, unificando los dos laterales para dar acceso mas amplio al comercio. El vano lateral izquierdo es acceso a una escalera que lleva a las plantas superiores. En el primer nivel, tres vanos, rectangulares, iguales, con decoración de moldura perimetral, dan a balcones individuales; composición que ese repite en el segundo nivel. Corona el edificio una cornisa y un arapeto liso. Elementos de Interés: Carpintería de madera de las plantas superiores. Baranda de hierro de balcón. Molduras de piedra. Elementos discordantes: Carteles publicitarios. - Uso actual. Mixto: Residencial, comercial - Estado de conservación : Regular. - Superficie aproximada actual: Construida : 725. - Superficie aproximada actual: Ocupada : 236,2. - Superficie aproximada actual: Parcela : 236,2. - Condiciones de protección. Están comprendidas en este nivel las edificaciones de valor arquitectónico con fachada y escala urbana que deben conservarse, por su aportación al ambiente urbano, siendo su interior de valor secundario o de mal estado de conservación, por lo que sólo se protegen la fachada y el volumen, es decir, se aplica a los edificios que, aún no teniendo una especial relevancia o singularidad arquitectónica, presentan valores o elementos a proteger, que pueden consistir en: a) La fachada valorada por su composición, las técnicas constructivas o los materiales utilizados, con sus elementos específicos de la composición u ornamentación: balcones, ventanas, o bien otros elementos arquitectónicos de interés, carpinterías, balcones, barandillas, etc. b) El carácter volumétrico y la escala del edificio, valorando positivamente la fachada. - Régimen de propiedad : Privado. - Referencia Catastral. 77941-03 - Dirección. Castillo, 35 - Área de Ordenación Urbanística. AOU: 2.7 CENTRO - Área Territorial. AE-2: CENTRO-COLINAS - Grados de protección del Patrimonio Arquitectónico y Urbano : Protección Parcial. -