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Observaciones - Salvo que se indique expresamente alguna condición específica, como regla general se permite la remodelación total y, por lo tanto, el vaciado del edificio, que sólo será posible en la medida en que el proyecto de obra nueva se plantee de manera coherente con la estructura funcional y formal de la fachada y se garantice la no existencia de elementos de interés patrimonial en su interior, mediante la emisión de informe por parte de técnico competente, para su incorporación en el proyecto de obra.
En este caso se permitirá introducir un forjado mas, si se cumplen las siguientes condiciones:
a) Que la cubierta terminada del último forjado construido y piso de cubierta terminada no sobrepase en más de un (1) metro la cubierta terminada del edificio original.
b)que el piso de la planta baja se sitúe, como máximo, a un (1) metro por debajo del piso terminado original.
c) Que los nuevos forjados en las proximidades de los huecos de fachada, y en caso de que coincidan con éstos, se han de retranquear, como mínimo, dos (2) metros, para evitar la compartimentación del hueco y su visión desde el exterior.
d) Que se cumpla lo establecido en las Normas para la regulación de la altura de plantas.
En el caso de que sea inviable la remodelación total, debido a las características constructivas del edificio, se entenderá que ésta anterior es una opción máxima y en ningún caso podrá justificarse la desaparición de la fachada original argumentando la imposibilidad de compatibilizar la remodelación total con el mantenimiento de la fachada. En este caso, la edificación catalogada se entenderá asimilada al grado Ambiental a los efectos del tipo de obras permitidas |
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Referencia histórica. El inmueble podría calificarse estilísticamente de ecléctico, con tendencias hacia el historicismo de carácter neo-árabe, por la presencia de una serie de arcos de herradura que parecen rememorar esa arquitectura. La construcción pudo realizarse a finales del siglo XIX.
DARIAS PRÍNCIPE, Alberto: Arquitectura y arquitectos en las Canarias Occidentales 1874-1931, 1985, Santa Cruz de Tenerife, págs 73-77.
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Criterios de distribución y composición. Edificio de tres plantas; con bajo comercial y dos plantas de viviendas. El bajo comercial presenta vanos rectangulares como accesos a los comercios, uno en la esquina y otros en las fachadas laterales, alternados con vanos mas estrechos de dintel curvo. El primer nivel presenta en la esquina vano con arco superior de medio punto que da a balcón semi-volado con baranda de herrería. Elementos de Interés: Barandillas de hierro. Tejadillo balcón. Pies derechos y pilastras.
Elementos discordantes: Aparatos de aire acondicionado en fachada.
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Uso actual. Mixto: Residencial, comercial
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Estado de conservación : Bueno.
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Superficie aproximada actual: Construida : 394,5.
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Superficie aproximada actual: Ocupada : 127,15.
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Superficie aproximada actual: Parcela : 127,15.
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Condiciones complementarias. Los materiales en fachada serán acordes con la edificación contigua sometida a Normativa de Protección.
Los huecos en fachada se distribuirán de forma tal que los paños ciegos guarden una relación de simetría con los ejes de los citados huecos.
Como norma compositiva se impone la estricta correspondencia vertical entre los ejes de los huecos de las fachadas.
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Condiciones de protección. Están comprendidas en este nivel las edificaciones de valor arquitectónico con fachada y escala urbana que deben conservarse, por su aportación al ambiente urbano, siendo su interior de valor secundario o de mal estado de conservación, por lo que sólo se protegen la fachada y el volumen, es decir, se aplica a los edificios que, aún no teniendo una especial relevancia o singularidad arquitectónica, presentan valores o elementos a proteger, que pueden consistir en:
a) La fachada valorada por su composición, las técnicas constructivas o los materiales utilizados, con sus elementos específicos de la composición u ornamentación: balcones, ventanas, o bien otros elementos arquitectónicos de interés, carpinterías, balcones, barandillas, etc.
b) El carácter volumétrico y la escala del edificio, valorando positivamente la fachada.
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Régimen de propiedad : Privado.
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Referencia Catastral. 76976-12
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Dirección. Pilar, 13
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Área de Ordenación Urbanística. AOU: 2.7 CENTRO
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Área Territorial. AE-2: CENTRO-COLINAS
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Grados de protección del Patrimonio Arquitectónico y Urbano : Protección Parcial.
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