• Ambito: Santa Cruz de Tenerife
  • Instrumento: PGO Santa Cruz de Tenerife - 20 de Abril de 2007
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Santa Cruz de Tenerife - 12 de Noviembre de 2014
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Modo Parcial de Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife, publicado el 12/11/2014 en el BOC 220/14 (829)
  • Etiqueta: INTE-408 (Recintos con protección relacionada con integral)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 245,7 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de grado de protección Tipo de admisibilidad de la intervención de conservación Tipo de admisibilidad de la intervención de restauración Tipo de admisibilidad de la intervención de rehabilitación Tipo de admisibilidad de la intervención de remodelación Observaciones a la admisibilidad de la intervención de remodelación Determinaciones al uso IDEN Otras determinaciones
INTE-408 P P P P Observaciones - Sólo para el caso de remonta Reposición : Admisibilidad de la intervención : Autorizable - Obras congruentes con los valores determinantes de la catalogación : Admisibilidad de la intervención : Autorizable - 16666 Referencia histórica. Inmueble ubicado en pleno centro urbano de la ciudad de Santa Cruz levantado por iniciativa de la familia Marichal como edificación destinada a viviendas plurifamiliares. Su construcción puede datarse en los primeros años de la década de los cincuenta del siglo XX, encuadrándose de forma convincente dentro del esquema constructivo imperante durante esa época no sólo en las Islas sino en toda la España de postguerra. Se trata de una arquitectura que define la condición socio-económica del país durante esos duros momentos y que se lleva a cabo bajo unos parámetros muy claros en donde impera cierto monumentalismo contenido, supresión de casi todos los elementos arquitectónicos vanguardistas utilizados en épocas recientes, reminiscencias de cierto regionalismo y vuelta a soluciones históricas de la época de la España imperial. - Criterios de distribución y composición. Edificio de planta trapezoidal, en esquina sobre dos calles con chaflán. Se desarrolla sobre un basamento y ocho niveles, destacándose un volumen curvo sobre el chaflán. La portada principal de acceso en cantería se alza sobre el basamento sobre un eje vertical, enlazándose con los dos niveles superiores enmarcando dos huecos con una curiosa cornisa rematada por un alero de tejas y la ventana superior con dos columnas salomónicas y remate por alero de tejas también. Además el conjunto presenta dos balcones en el segundo nivel, con balaustrada y cubiertos por tejadillo, uno de ellos sobre el chaflán. Como coronación sobre el volumen curvo remate de formas curvas y el nombre del edificio Una cornisa con alero de tejas separa el séptimo nivel del último que también se remata por alero. Elementos de interés: Volumen circular en esquina. Balcones de segunda planta - Uso actual. Mixto: Residencial, comercial - Estado de conservación : Bueno. - Superficie aproximada actual: Construida : 1885,28. - Superficie aproximada actual: Ocupada : 235,66. - Superficie aproximada actual: Parcela : 250,68. - Condiciones de intervención. En este nivel de protección se considera que la fachada tiene un valor urbano fundamental, por lo que además de las cualidades específicas, la fachada se protegerá íntegramente. - Condiciones de protección. Están comprendidas en este nivel las edificaciones, que sin merecer la catalogación integral, poseen valores tipológicos, constructivos, formales o estilísticos, siendo elementos representativos de los modos de construcción, distribución, composición y ornamentación de determinados períodos históricos. El nivel Ambiental se aplicará a aquellas edificaciones que contribuyan a definir las características morfológicas, de imagen y carácter del ambiente urbano. Estos valores se reflejan exteriormente en la fachada e interiormente en la disposición de los elementos comunes o característicos. Aún cuando prevalece la preservación de unidades arquitectónicas completas, este nivel de protección podrá centrarse, excepcionalmente, sólo en algunos aspectos del edificio. La aplicación del grado de protección ambiental supone siempre la protección de la fachada, valorada por su composición, las técnicas constructivas o los materiales utilizados, con sus elementos específicos de la composición u ornamentación de la misma: balcones, ventanas, o bien otros elementos arquitectónicos de interés, carpinterías, balcones, barandillas, etc. Además supondrá la protección de los siguientes elementos, según se especifique en la ficha correspondiente: a) Valores tipológicos de un edificio, entendiendo por tales, la fachada, la organización en planta y el volumen del edificio. b) Partes estructurantes de un edificio, tales como escaleras principales, el zaguán, los espacios libres, la jerarquización de volúmenes interiores, las alturas o los forjados. El régimen de obras permitidas o autorizables en ningún caso podrá afectar al elemento objeto de protección específica, salvo que así se contemple expresamente en la ficha correspondiente. - Régimen de propiedad : Privado. - Referencia Catastral. 76964-01 - Dirección. Suárez Guerra, 40; Teobaldo Power, 29 - Área de Ordenación Urbanística. AOU: 2.7 CENTRO - Área Territorial. AE-2: CENTRO-COLINAS - Grados de protección del Patrimonio Arquitectónico y Urbano : Protección Ambiental. -