• Ambito: Santa Cruz de Tenerife
  • Instrumento: PGO Santa Cruz de Tenerife - 20 de Abril de 2007
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Santa Cruz de Tenerife - 12 de Noviembre de 2014
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Modo Parcial de Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife, publicado el 12/11/2014 en el BOC 220/14 (829)
  • Etiqueta: INTE-366 (Recintos con protección relacionada con integral)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 2.244,1 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de grado de protección Tipo de admisibilidad de la intervención de conservación Tipo de admisibilidad de la intervención de restauración Tipo de admisibilidad de la intervención de consolidación Determinaciones al uso IDEN Otras determinaciones
INTE-366 P P P Adecuación del espacio interior : Admisibilidad de la intervención : Permitida - Reposición : Admisibilidad de la intervención : Autorizable - Demolición : Admisibilidad de la intervención : Autorizable - 16624 Referencia histórica. El puente Galcerán es el tercer paso rodado que se acomete en Santa Cruz para salvar el barranco de Santos y surge como prolongación lógica de lo que ya desde finales del siglo XIX se pretendió convertir en un gran eje transversal que atravesara la ciudad de norte a sur. Esta vía, que en su parte es hoy calle 25 de Julio y que cuya prolongación es la calle Galcerán, quedó truncada al toparse con el accidente topográfico más relevante con el que cuenta Santa Cruz. A finales del siglo XIX, la corporación municipal santacrucera tenía claro que por esta zona se tenía que unir ambas laderas del barranco. Al otro lado se comenzaba a planear una nueva trama que aunque desde antiguo ya se veía venir, era ahora cuando se impulsó la urbanización de alrededores del camino de San Sebastián. El lugar adecuado para instalar un puente que conectara ambos márgenes no siempre se tuvo siempre claro. Tras años de demoras, indecisiones y falta de presupuesto, se decide como solución más lógica la prolongación de la calle Galcerán para unir ambos laderas. La construcción del puente se inicia en 1926, demorándose más de tres años su conclusión. Con proyecto del arquitecto Enrique Rumeu de Armas, en 1930, el puente se había finalizado. Es una de las obras más interesante de infraestructura civil fabricadas en la ciudad, ya que se trata de un paso en altura de una longitud considerable. En la actualidad este puente sigue prestando un servicio muy importante a la ciudad pues se ha convertido en una vía de penetración - salida del tráfico rodado de la ciudad hacia las autopistas insulares. - Criterios de distribución y composición. Se estructura mediante cinco tramos de longitud variable que son soportados por tres amplios arcos que descansan en cuatro grandes pilares asentados en el fondo del cauce del Barranco de Santos. Elementos de interés: Estructura de soporte. - Uso actual. Vía de circulación - Estado de conservación : Bueno. - Condiciones de protección. Están comprendidas en este nivel los inmuebles de valor histórico y/o arquitectónico que justifican la preservación de sus características arquitectónicas originarias y cuya pérdida o alteración produciría un daño irreparable sobre los valores que representa y que, por su calidad, antigüedad o representatividad de un periodo significativo, deben ser conservadas en todas sus características, tanto exteriores como de distribución interior, ya que lo tipológico y constructivo tiene en ellas un valor principal, pudiendo contener componentes cuya especial protección, en su caso, se indica en las instrucciones de la ficha correspondiente. Estos valores se reflejan exteriormente en la fachada e interiormente en la disposición de los elementos comunes o característicos, como patios interiores, escaleras, artesonados, solados, elementos de carpintería y otros acabados. Dentro de este nivel de protección se incluyen los inmuebles de carácter emblemático, que corresponden a las edificaciones singulares, que poseen un gran valor arquitectónico, histórico o artístico, consideradas urbanísticamente como elementos primarios o hitos en torno a los que se ha organizado la estructura urbana. En este caso el grado de protección se identifica como Integral Emblemático, Nivel 1E, y el régimen de intervenciones es aún más restrictivo que el propio grado integral. La aplicación del grado de Protección Integral supone la preservación de la totalidad del inmueble y de la totalidad de su parcela. Sólo se permitirán segregaciones de la parcela, que supongan la desafección de partes carentes de interés patrimonial, previa autorización de la administración insular. - Régimen de propiedad : Público. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife - Dirección. Puente Galcerán, S/N - Área Territorial. AE-2: CENTRO-COLINAS - Grados de protección del Patrimonio Arquitectónico y Urbano : Protección Integral. -