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INTE-132 |
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Adecuación del espacio interior : Admisibilidad de la intervención : Permitida
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Reposición : Admisibilidad de la intervención : Autorizable
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Demolición : Admisibilidad de la intervención : Autorizable
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Referencia histórica. Obra de Antonio Pintor, firmada en 1928, la vivienda llevo una tramitación bastante ágil como para que las obras comenzaran de inmediato, con lo que en noviembre del año siguiente el ayuntamiento daba el permiso de habitabilidad. Dentro de una tradición ecléctica, el técnico introduce en ella rasgos casticista que nos muestran como en esos años el regionalismo había impactado en él.
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Criterios de distribución y composición. Chalet de dos plantas con dos torreones cubiertos a cuatro aguas con tejas cerámicas. En fachada un volumen saliente con puerta de garaje en el basamento, sobre este una terraza con balconada. Porche central con arcos plenos, al cual se accede por medio de una escalera dos tramos. Sobre este se abre una terraza en el segundo nivel. Elementos de interés: Balaustrada, terraza, carpinterías, decoración de fachada.
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Uso actual. Residencial
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Estado de conservación : Regular.
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Superficie aproximada actual: Construida : 325,7.
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Superficie aproximada actual: Ocupada : 148,4.
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Superficie aproximada actual: Parcela : 593,9.
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Condiciones de protección. Están comprendidas en este nivel los inmuebles de valor histórico y/o arquitectónico que justifican la preservación de sus características arquitectónicas originarias y cuya pérdida o alteración produciría un daño irreparable sobre los valores que representa y que, por su calidad, antigüedad o representatividad de un periodo significativo, deben ser conservadas en todas sus características, tanto exteriores como de distribución interior, ya que lo tipológico y constructivo tiene en ellas un valor principal, pudiendo contener componentes cuya especial protección, en su caso, se indica en las instrucciones de la ficha correspondiente. Estos valores se reflejan exteriormente en la fachada e interiormente en la disposición de los elementos comunes o característicos, como patios interiores, escaleras, artesonados, solados, elementos de carpintería y otros acabados.
Dentro de este nivel de protección se incluyen los inmuebles de carácter emblemático, que corresponden a las edificaciones singulares, que poseen un gran valor arquitectónico, histórico o artístico, consideradas urbanísticamente como elementos primarios o hitos en torno a los que se ha organizado la estructura urbana. En este caso el grado de protección se identifica como Integral Emblemático, Nivel 1E, y el régimen de intervenciones es aún más restrictivo que el propio grado integral.
La aplicación del grado de Protección Integral supone la preservación de la totalidad del inmueble y de la totalidad de su parcela.
Sólo se permitirán segregaciones de la parcela, que supongan la desafección de partes carentes de interés patrimonial, previa autorización de la administración insular.
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Régimen de propiedad : Privado.
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Referencia Catastral. 71030-03
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Dirección. Dr. Fernando Barajas Vílchez, 8
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Área de Ordenación Urbanística. AOU: 2.13 LAS COLINAS
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Área Territorial. AE-2: CENTRO-COLINAS
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Grados de protección del Patrimonio Arquitectónico y Urbano : Protección Integral.
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