• Ambito: Santa Cruz de Tenerife
  • Instrumento: PGO Santa Cruz de Tenerife - 20 de Abril de 2007
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Santa Cruz de Tenerife - 12 de Noviembre de 2014
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Modo Parcial de Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife, publicado el 12/11/2014 en el BOC 220/14 (829)
  • Etiqueta: INTE-91 (Recintos con protección relacionada con integral)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 275,2 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de grado de protección Tipo de admisibilidad de la intervención de conservación Tipo de admisibilidad de la intervención de restauración Tipo de admisibilidad de la intervención de consolidación Tipo de admisibilidad de la intervención de rehabilitación Tipo de admisibilidad de la intervención de remodelación Observaciones a la admisibilidad de la intervención de remodelación Determinaciones al uso IDEN Otras determinaciones
INTE-91 P P P P P Observaciones - Salvo que se indique expresamente alguna condición específica, como regla general se permite la remodelación total y, por lo tanto, el vaciado del edificio, que sólo será posible en la medida en que el proyecto de obra nueva se plantee de manera coherente con la estructura funcional y formal de la fachada y se garantice la no existencia de elementos de interés patrimonial en su interior, mediante la emisión de informe por parte de técnico competente, para su incorporación en el proyecto de obra. En este caso se permitirá introducir un forjado mas, si se cumplen las siguientes condiciones: a) Que la cubierta teminada del último forjado construido y piso de cubierta terminada no sobrepase en más de un (1) metro la cubierta terminada del edificio original. b)que el piso de la planta baja se sitúe, como máximo, a un (1) metro por debajo del piso terminado original. c) Que los nuevos forjados en las proximidades de los huecos de fachada, y en caso de que coincidan con éstos, se han de retranquear, como mínimo, dos (2) metros, para evitar la compartimentación del hueco y su visión desde el exterior. d) Que se cumpla lo establecido en las Normas para la regulación de la altura de plantas. En el caso de que sea inviable la remodelación total, debido a las características constructivas del edificio, se entenderá que ésta anterior es una opción máxima y en ningún caso podrá justificarse la desaparición de la fachada original argumentando la imposibilidad de compatibilizar la remodelación total con el mantenimiento de la fachada. En este caso, la edificación catalogada se entenderá asimilada al grado Ambiental a los efectos del tipo de obras permitidas Remonta TIPO B : Admisibilidad de la intervención : Permitida - 16272 Referencia histórica. Vivienda unifamiliar dispuesta siguiendo el declive de la calle. Consta de dos plantas que presentan una distribución simétrica de vanos, abriéndose la puerta de acceso en el eje central; sobre la misma, se ubica uno de los tres balcones que se abren en la segunda planta, estando situados los dos restantes en los huecos de los extremos. Se alternan vanos dintelados con arcos y todos se muestran decorados con molduras que en la parte central tienen una reducida ménsula a manera de clave. Los balcones se apoyan en desarrollados canes y presentan una balaustrada decorada con motivos geométricos. El inmueble cuenta también con un zócalo decorativo, y formando línea paralela con éste, pero en altura, se traza una cornisa que da paso al paramento que se corresponde con la azotea, también decorada por pequeñas pilastras planas resaltadas en color blanco, color utilizado también para resaltar buena parte de los elementos comentados. Se trata de una construcción ecléctica construida con probabilidad a finales del siglo XIX o principios del siglo XX. - Criterios de distribución y composición. La planta se desarrolla en torno a un patio con escalera, al cual se accede por medio de un zaguán de entrada. Fachada de composición simétrica, con cinco huecos por planta alineados según ejes verticales. Sobre el eje central se ubican la puerta de acceso de arco de medio punto y un balcón sobre ménsulas en la segunda planta. Sobre los dos ejes verticales exteriores se ubican otros dos balcones. La fachada se compone por zócalo con moldura y dos niveles separados por una moldura intermedia. Se remata por cornisa y antepecho de mampostería en la azotea. Posee dos bandas verticales en los laterales. Los huecos de la planta alta son en arco rebajado y van enmarcados con molduras de cemento; los de la planta baja de dinteles rectos, resaltados por moldura y dovela decorada en la parte superior. Elementos de interés: Zaguán de entrada. Escalera y barandilla de hierro forjado. Carpinterías de madera, ventanas y contraventanas. Balaustrada en antepechos de ventanas. Montante de puerta de acceso. Elementos discordantes: Cableado eléctrico en fachada. - Uso actual. Mixto: Residencial, comercial - Estado de conservación : Bueno. - Superficie aproximada actual: Construida : 813,5. - Superficie aproximada actual: Ocupada : 226. - Superficie aproximada actual: Parcela : 277,4. - Observaciones. Las condiciones vinculantes de la remonta se establecen en el gráfico adjunto de esta ficha. - Condiciones de intervención. Con carácter específico, se consideran autorizables las obras de remonta, con sujeción a las siguientes condiciones: a) Que esté expresamente contemplada la remonta o ampliación en la ficha de catálogo correspondiente. b) Que se tramite y apruebe un Estudio de Detalle de la manzana con la incorporación del nuevo volumen, según se especifica para las obras de remonta c) El nuevo volumen resultante deberá adecuar las características de su fachada a la de la edificación original. Para ello se exigirá la clara distinción entre la fachada que se conserva y la de nueva incorporación, con objeto de no desvirtuar la composición original del edificio protegido. Las obras de remonta permitidas en inmuebles situados dentro de los límites de un Conjunto Histórico, son de carácter indicativo y, por lo tanto, de sugerencia orientativa para el Plan Especial, que lo ordene. - Condiciones de protección. Están comprendidas en este nivel las edificaciones de valor arquitectónico con fachada y escala urbana que deben conservarse, por su aportación al ambiente urbano, siendo su interior de valor secundario o de mal estado de conservación, por lo que sólo se protegen la fachada y el volumen, es decir, se aplica a los edificios que, aún no teniendo una especial relevancia o singularidad arquitectónica, presentan valores o elementos a proteger, que pueden consistir en: a) La fachada valorada por su composición, las técnicas constructivas o los materiales utilizados, con sus elementos específicos de la composición u ornamentación: balcones, ventanas, o bien otros elementos arquitectónicos de interés, carpinterías, balcones, barandillas, etc. b) El carácter volumétrico y la escala del edificio, valorando positivamente la fachada. - Régimen jurídico complementario. Ámbito de Protección Ambiental Urbana 01 - Régimen de propiedad : Privado. - Referencia Catastral. 66987-08 - Dirección. Calle De Los Sueños, 44 - Área de Ordenación Urbanística. AOU: 2.14 SALAMANCA - Área Territorial. AE-2: CENTRO-COLINAS - Grados de protección del Patrimonio Arquitectónico y Urbano : Protección Parcial. -