• Ambito: Santa Cruz de Tenerife
  • Instrumento: PGO Santa Cruz de Tenerife - 20 de Abril de 2007
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Santa Cruz de Tenerife - 12 de Noviembre de 2014
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Modo Parcial de Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife, publicado el 12/11/2014 en el BOC 220/14 (829)
  • Etiqueta: 5874-821-GES_S-2-1-2-17 (Sector 5.6 Los Pocitos)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 10,0 ha en 1 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Código del ámbito de gestión / ejecución Denominación del ámbito de gestión / ejecución Tipo de ámbito de gestión / ejecución Forma de gestión del ámbito Observaciones a la forma de gestión Plazo de presentación del instrumento de gestión (meses) Observaciones al plazo de presentación del instrumento de gestión IDEN
5874-821-GES_S-2-1-2-17 Sector 5.6 Los Pocitos AS COOP Observaciones - Cesión obligatoria: El aprovechamiento del 10% de cesión, que se adjudica al Ayuntamiento, será ubicado en las parcelas que se destinen al uso Residencial VP. Justificación del establecimiento del Sistema de Ejecución Pública por Cooperación: El establecimiento del sistema de ejecución público por cooperación para la gestión y desarrollo de la unidad de actuación, se justifica por motivos de interés público fundamentados en lo siguiente: - La obtención del suelo de cesión para sistemas locales de dotaciones y espacios libres públicos, dada la importancia que su ejecución comporta para el área. - La adecuada coordinación en la ejecución de la unidad con respecto al desarrollo del sector colindante del Parque Tecnológico, cuya gestión también es de carácter público. - El desarrollo de las promociones de viviendas protegidas previstas en la unidad. - La estructura de la propiedad, al ser propietario mayoritario la empresa pública Gestur Tenerife, S.A. Adquisición preferente de bienes inmuebles por la Administración Pública: Los bienes inmuebles incluidos en este sector se determinan de adquisición preferente por la Administración pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1.0.9. de las Normas de Ordenación Pormenorizada del Plan Operativo del presente Plan General, quedando sujetos al derecho de tanteo y retracto a favor de la Administración regulado en el artículo 79 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 236 del Reglamento de Gestión y Ejecución del Sistema de Planeamiento de Canarias. 24 Observaciones - Cumplimiento efectivo de los deberes de cesión y distribución equitativa de beneficios y cargas derivados del planeamiento, desde el inicio del expediente del sistema de cooperación 17298