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5874-821-GES_UA-1-2-93 |
Unidad de Actuación UA-RT-1. AMB 5.17.2 |
AS |
COOP |
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Observaciones - Cumplimiento efectivo de los deberes de cesión y distribución equitativa de beneficios y cargas derivados del planeamiento, desde el inicio del procedimiento del sistema de cooperación |
17199 |
Condiciones particulares ambientales. MEDIDAS AMBIENTALES
Deberán cumplirse especialmente las determinaciones normativas de las Medidas correctoras o protectoras, así como las de mitigación del riesgo y Medidas del Programa de Seguimiento Ambiental contenidas en los Capítulos 6 y 7 de la Memoria Ambiental, en las que están ya incluidas las provenientes del Estudio de Riesgos, que en su caso se hayan establecido para esta unidad, además de las que se establecen en las Condiciones Ambientales de las Normas de Ordenación Estructural y Pormenorizada, sin perjuicio de lo que establezca la normativa sectorial aplicable.
CONDICIONES PAISAJÍSTICAS
Debido a la orografía del terreno, los muros de contención que se pudiesen originar tanto por las obras de urbanización como por las obras de edificación deberán ser tratados de forma tal que se minimice su impacto visual desde el entorno.
PROTECCIÓN DE CAUCES
Será obligatorio el encauzamiento del cauce de los barrancos existentes en esta unidad, según determine el Consejo Insular de Aguas.
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Condiciones de gestión y ejecución. Al tratarse de una unidad de régimen transitorio, serán de aplicación las condiciones de gestión y ejecución que deban cumplirse de acuerdo al estado de desarrollo de la actuación.
CONDICIONES DE GESTIÓN URBANÍSTICA
Justificación del carácter público del sistema de ejecución: El establecimiento del sistema de ejecución público por cooperación para la gestión y desarrollo de la unidad deriva del régimen transitorio de la misma.
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Objetivos del ámbito. El objetivo de esta unidad es la culminación de la ejecución jurídica y material del planeamiento, estableciendo, con carácter previo a la materialización del aprovechamiento lucrativo, las siguientes cargas urbanísticas que queden por cumplimentar:
- La urbanización del suelo destinado a sistema local de viario.
- La cesión del suelo destinado a sistema general viario y a sistema local de viarios.
- La cesión del suelo ya urbanizado, destinado a materializar el 10% del aprovechamiento correspondiente a la Administración.
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Observaciones. La justificación del carácter de régimen transitorio de la Unidad de Actuación se detalla en el apartado 7.5 de la Memoria de Ordenación Pormenorizada.
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Superficie edificable máxima residencial : 10308. Residencial Colectiva (C-2) 10.308 m2c y 10.308 Udas
Subtotal Residencial
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Edificabilidad del ámbito : 10308. Aprovechamiento: 10308 Udas
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Superficie de suelo- Sistemas Locales : 747. Total
S.L. Viario
Subtotal Infraestructuras de Comunicaciones
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Superficie de suelo- Sistemas Generales : 994. S.G. Viario
SUBTOTAL INFRAESTRUCTURAS DE COMUNICACIONES
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Superficie de suelo- Lucrativo : 5154. Total
Residencial Colectiva (C-2)
Subtotal Residencial
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Aprov. Medio : 1,49.
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Coeficiente de edificabilidad bruta : 1,49.
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Uso global : Residencial.
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Superficie total : 6895.
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