• Ambito: Santa Cruz de Tenerife
  • Instrumento: PGO Santa Cruz de Tenerife - 20 de Abril de 2007
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Santa Cruz de Tenerife - 12 de Noviembre de 2014
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Modo Parcial de Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife, publicado el 12/11/2014 en el BOC 220/14 (829)
  • Etiqueta: 5874-821-GES_UA-1-2-135 (Ámbito 3.3.5 UA-1)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 3.929,7 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Código del ámbito de gestión / ejecución Denominación del ámbito de gestión / ejecución Tipo de ámbito de gestión / ejecución Forma de gestión del ámbito Plazo de presentación del instrumento de gestión (meses) Observaciones al plazo de presentación del instrumento de gestión IDEN Otras determinaciones
5874-821-GES_UA-1-2-135 Ámbito 3.3.5 UA-1 AS PRIV 12 Observaciones - Inicio de las obras de urbanización desde la aprobación del Proyecto de Urbanización 17169 Condiciones particulares ambientales. MEDIDAS AMBIENTALES Deberán cumplirse especialmente las determinaciones normativas de las Medidas correctoras o protectoras, así como las de mitigación del riesgo y Medidas del Programa de Seguimiento Ambiental contenidas en los Capítulos 6 y 7 de la Memoria Ambiental, en las que están ya incluidas las provenientes del Estudio de Riesgos, que en su caso se hayan establecido para este ámbito, además de las que se establecen en las Condiciones Ambientales de las Normas de Ordenación Estructural y Pormenorizada, sin perjuicio de lo que establezca la normativa sectorial aplicable. PROTECCIÓN DE CAUCES Con carácter previo a su aprobación, el Proyecto de Urbanización se deberá someter a autorización del Consejo Insular de Aguas y adoptar las medidas correctoras pertinentes, con el fin de garantizar la continuidad del drenaje de los cauces. El eje de los mismos aparece señalado en los planos de ordenación pormenorizada y en la ficha de ordenación, de acuerdo al Inventario facilitado por el citado organismo de fecha junio de 2005. En los casos en que se trate de cauces públicos en los que no sea posible mantener la continuidad se deberá garantizar, a través de las obras de desvío o de canalización, que sean precisas, y previa la tramitación del procedimiento de desafectación de los terrenos constitutivos del dominio público hidráulico, siendo, en todo caso, el Consejo Insular de Aguas, quien deberá aprobar, si fuere necesario, los extremos anteriores. - Condiciones de gestión y ejecución. CONDICIONES DE GESTIÓN URBANÍSTICA Justificación del carácter público del sistema de ejecución: Se justifica la determinación de la ejecución pública por el sistema de cooperación, por la fragmentación de la estructura de la propiedad, que dificulta su gestión y ejecución; siendo deber del Ayuntamiento, como Administración actuante, velar por el interés público de viabilizar la adecuada ejecución del planeamiento, la correcta culminación de las obras de urbanización pendientes y la obtención de los suelos destinados a sistemas locales, además de garantizar que puedan materializarse los aprovechamientos urbanísticos de los propietarios y la distribución equitativa de beneficios y cargas entre ellos. CONDICIONES DE EJECUCIÓN DE LA URBANIZACIÓN Será a cargo del ámbito la ejecución de la totalidad de las obras de urbanización interiores al mismo (viales, salvo los de conexión territorial y espacios libres) y cualquier otra que resulte necesaria, en coherencia con lo preceptuado en los artículos 39 y 40 del RGESPC. El Proyecto de Urbanización cumplirá lo dispuesto en el Decreto 227/1997, Reglamento de la Ley 8/1995 de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación. Las condiciones de la urbanización establecidas en los siguientes apartados se complementan con las generales que se recogen en las Normas de Ordenación del Plan General y en las Ordenanzas Municipales de Urbanización. Deberá tenerse especial cuidado en el estudio de las rasantes de los puntos de encuentro con las urbanizaciones colindantes, con el fin de garantizar la continuidad del viario. En las áreas ajardinadas, se garantizará el recorrido peatonal con la construcción de caminos debidamente tratados y permitiendo su disfrute público. Así mismo, se ejecutarán otros elementos como una red de riego y mobiliario urbano. Los muros de contención necesarios para la urbanización, que vayan a quedar vistos, una vez ejecutada la edificación, así como los muretes de hasta la altura de 1 metro de altura, que sirvan de delimitación o compartimentación de espacios libres públicos, se realizarán acabados en mampostería de piedra seca basáltica, integrados en el entorno. La ubicación y diseño de las instalaciones propias y necesarias del ámbito incluso los puntos de recogida de residuos deberán ser estudiados en el Proyecto de Urbanización, con la finalidad de evitar impactos producidos como consecuencia de ruidos, vibraciones, olores o diseño arquitectónico inadecuado - Objetivos del ámbito. Constituye el objetivo de la Unidad de Actuación la ejecución jurídica y material del planeamiento, estableciendo, con carácter previo a la materialización del aprovechamiento lucrativo, las siguientes cargas urbanísticas que asumirá la unidad de actuación: - La urbanización del suelo destinado a sistemas locales de espacios libres y viarios. - La cesión del suelo destinado a sistemas locales de espacios libres y viarios. - La cesión del 10% del aprovechamiento correspondiente a la Administración. - Observaciones. Este ámbito de suelo urbano no consolidado, con ordenación pormenorizada completa, se considera a su vez como unidad de actuación en sí mismo, a los efectos de su gestión y ejecución. El presente Ámbito tiene el carácter de escasa entidad, ya que en él concurren las condiciones que establece a tal fin el artículo 2.1.7 de las Normas de Ordenación Pormenorizada. - Cumplimiento de reserva legal para S.L. Espacios Libres, Dotaciones y equipamientos. Edificabilidad del Ámbito 4368 m² Reserva legal (Mínima: 20 m²s / 100 m²c) 874 m² Reservas del Ámbito: 1266 m² Espacios libres 1266 m² Dot. / Equip. 0 m² - Superficie edificable máxima residencial : 4360. Residencial Colectiva (C-3) 1.725 m2c y 1.725 Udas SUBTOTAL RESIDENCIAL Residencial Colectiva Vvda. Protegida (C-3) 2.643 m2c y 1.982 Udas SUBTOTAL RESIDENCIAL VP - Edificabilidad del ámbito : 4360. Aprovechamiento: 3707 Udas - Superficie de suelo- Sistemas Locales : 271. S.L. Viario SUBTOTAL INFRAESTRUCTURAS DE COMUNICACIONES - Superficie de suelo- Sistemas Locales : 1266. S.L. Parque Urbano 1.053 m2 S.L. Peatonales 213 m2 SUBTOTAL ESPACIOS LIBRES - Superficie de suelo- Sistemas Locales : 1537. Total - Superficie de suelo- Lucrativo : 1818. Residencial Colectiva Vvda. Protegida (C-3) SUBTOTAL RESIDENCIAL VP - Superficie de suelo- Lucrativo : 575. Residencial Colectiva (C-3) SUBTOTAL RESIDENCIAL - Superficie de suelo- Lucrativo : 2393. Total - Porcentaje de viviendas con protección : 71. 24 Viviendas de Vp - Nº de viviendas : 34. - Nº de Habitantes Potenciales : 102. - Densidad (Hab/Ha) : 260. - Densidad (viv/Ha) : 87. - Aprov. Medio : 0,94. - Coeficiente de edificabilidad bruta : 1,11. - Uso global : Residencial. - Superficie total : 3930. -