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5874-821-DES-1-1-8 |
Actuación de renovación parcial y de Dotación. AMB 1.7.1 |
PE |
Observaciones - CONDICIONES DE DESARROLLO DE LA ORDENACIÓN
Se redactará un Plan Especial de Ordenación, que deberá formularse y tramitarse de forma simultánea con el Proyecto de Urbanización que resulte preciso para la ejecución del viario y de los espacios libres públicos.
La ordenación contenida en los Planos de Ordenación OP y en los de esta ficha tienen carácter meramente indicativo, salvo en lo referente a los elementos vinculantes que se establecen expresamente en el apartado correspondiente de la presente ficha. Se cumplirá con los parámetros que sean exigibles de acuerdo con la legislación urbanística aplicable.
CONTENIDO E INSTRUCCIONES DEL PLAN ESPECIAL
Además de las determinaciones que resulten precisas para el desarrollo de la ordenación pormenorizada completa y detallada en el recinto delimitado para esta AUD, el Plan Especial deberá incluir los siguientes contenidos:
- La concreción de la mayor necesidad de dotaciones y espacios libres públicos en función del incremento de la edificabilidad media ponderada, o la densidad, o de los cambios de uso determinados en las parcelas edificables lucrativas resultantes de la ordenación.
- La concreción de la cesión al Ayuntamiento del porcentaje del 10 % del incremento de la edificabilidad media ponderada que se produzca con respecto al aprovechamiento urbanístico resultante de la ordenación contenida en el Documento de Adaptación Básica del PGOU de 1992 al TRLOTENC, en los términos establecidos por el artículo 16.1.b) del TRLS 2008, o los que resulten aplicables tras la adaptación a éste de la legislación urbanística canaria.
- La concreción de la cesión al ayuntamiento del suelo para viales, espacios libres y restantes dotaciones públicas, en su caso, determinándose en el PE las actuaciones y operaciones que deberán realizarse para hacerlas efectivas.
- La concreción del valor total de las cargas imputables a la actuación que corresponde a cada nuevo metro cuadrado de superficie edificable o a cada nueva vivienda, según corresponda.
- Así mismo determinará las condiciones de forma y volumen de la edificación prevista, siempre en base a las determinaciones de edificabilidad máxima, altura máxima y usos compatibles que se establecen a continuación.
- La calidad estética y constructiva de las intervenciones en el espacio libre debe quedar garantizada, estableciéndose la obligatoriedad de la plantación de árboles de porte en el porcentaje de la superficie de la plaza que determinen las Ordenanzas
Municipales al respecto o en su defecto en al menos el 15% de su superficie. |
COM |
48 : Observaciones - Tramitación del Plan Especial y del Proyecto de Urbanización (cuando así se determine), desde la entrada
Solicitud de licencia de edificación, desde la entrada en vigor del Plan Especial
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24 : Observaciones - Presentación del Proyecto de Urbanización, desde la entrada en vigor del Plan Especial (en su caso)
y Ejecución material completa de las obras de urbanización pendientes, desde la aprobación del Proyecto de Urbanización
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RE |
1,33 |
2076 |
Observaciones - Elemento vinculante de la ordenación |
5508 |
Condiciones de gestión y ejecución. CONDICIONES DE EJECUCIÓN DE LA URBANIZACIÓN
Será a cargo de la Actuación de Dotación la ejecución de la totalidad de las obras de urbanización interiores al mismo (viales, espacios libres y cualquier otra que resulte necesaria), en coherencia con lo preceptuado en el artículo 16 del Texto Refundido de la Ley del Suelo, aprobado por RDL 2/2008.
La ejecución de la edificación está supeditada a la previa o simultánea ejecución de la urbanización, incluyendo los espacios libres y viarios, de acuerdo a lo previsto en el artículo 73 del TRLOTENC y en el artículo 207 del Reglamento de Gestión y Ejecución del Sistema de Planeamiento de Canarias.
El Proyecto de Urbanización cumplirá lo dispuesto en el Decreto 227/1997, Reglamento de la Ley 8/1995 de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación. Las condiciones de la urbanización establecidas en los siguientes apartados se complementan con las generales que se recogen en las Normas de Ordenación del Plan General y en las Ordenanzas Municipales de Urbanización.
Deberá tenerse especial cuidado en el estudio de las rasantes de los puntos de encuentro con las urbanizaciones colindantes, con el fin de garantizar la continuidad del viario.
En las áreas ajardinadas, se garantizará el recorrido peatonal con la construcción de caminos debidamente tratados y permitiendo su disfrute público. Así mismo, se ejecutarán otros elementos como una red de riego y mobiliario urbano.
La ubicación y diseño de las instalaciones propias y necesarias de la Actuación incluso los puntos de recogida de residuos deberán ser estudiados en el Proyecto de Urbanización, con la finalidad de evitar impactos producidos como consecuencia de ruidos, vibraciones, olores o diseño arquitectónico inadecuado.
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Elementos vinculantes de la ordenación. Alineaciones: las alineaciones hacia la calle Santa Lucia mantendrán una sección continua en todo su trazado
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Parcela mínima edificable : 345. Para Dotacional
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Parcela mínima edificable : 333. Para el espacio libre
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Número máximo de plantas : 4.
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Objetivos del ámbito. El objetivo de la AUD es la reordenación del recinto delimitado para su renovación urbanística parcial, con aumento de las dotaciones proporcionalmente al incremento de la edificabilidad y desarrollando las siguientes actuaciones:
- Viabilizar la construcción de un nuevo espacio libre de uso y dominio público con el fin de cualificar el espacio urbano.
- Prever un nuevo espacio dotacional que atienda las necesidades del barrio.
- Establecer una nueva manzana de usos residenciales que viabilice la Actuación de Dotación delimitada.
- Establecer un itinerario peatonal entre la carretera general y la calle Santa Lucia
- Justificar el incremento proporcional de las dotaciones y espacios libres, en función del incremento de edificabilidad sobre la prevista en el planeamiento que se revisa.
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Justificación. Esta actuación urbanística se justifica por principalmente por el interés público general que supone cualificar e incrementar la calidad ambiental en el espacio urbano del recinto delimitado y en su entorno, de conformidad con los criterios expuestos en la Directriz 74 de las Directrices de Ordenación General de Canarias.
En concreto, se ha de estudiar una nueva ordenación del ámbito en la que se generen nuevos espacios libres y dotaciones a la vez que se establezcan nuevos aprovechamientos residenciales.
El objetivo de esta actuación y las condiciones de ordenación establecidas para lograrlo, implican su consideración como Actuación Urbanística de Dotación (AUD), al suponer una renovación parcial del espacio de suelo urbanizado con incremento de las dotaciones en función del incremento de edificabilidad, densidad o cambios de uso atribuibles a los terrenos incluidos en la actuación. En consecuencia, se trata de una actuación asimilable a las actuaciones de dotación previstas en el Texto Refundido de la Ley de Suelo estatal, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008 (TRLS 2008). El incremento de edificabilidad se determinará partiendo de la asignada en el planeamiento vigente que se revisa: 1.409,57m²c.
Con el fin de concretar y ajustar de forma precisa y adecuada las determinaciones de la ordenación propuesta, se considera procedente remitir a Plan Especial (PE) el desarrollo de la ordenación pormenorizada completa y detallada, por lo que el recinto delimitado queda sujeto a la formulación y aprobación del instrumento de planeamiento correspondiente, de acuerdo a los objetivos, criterios y condiciones expresados en esta ficha.
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Superficie de suelo- Sistemas Locales : 345. SUBTOTAL DOTACIONES
S.L. de uso Dotacional 345
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Superficie de suelo- Sistemas Locales : 333. SUBTOTAL ESPACIOS LIBRES
S.L. Espacios Libres 333
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Superficie de suelo- Sistemas Locales : 678. Total
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Nº de viviendas : 17.
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Nº de Habitantes Potenciales : 51.
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Densidad (Hab/Ha) : 328.
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Densidad (viv/Ha) : 109.
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Superficie total : 1556.
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