• Ambito: Santa Cruz de Tenerife
  • Instrumento: PGO Santa Cruz de Tenerife - 20 de Abril de 2007
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Santa Cruz de Tenerife - 12 de Noviembre de 2014
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Modo Parcial de Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife, publicado el 12/11/2014 en el BOC 220/14 (829)
  • Etiqueta: 5874-821-DES-1-1-37 (Actuación de renovación parcial y de Dotación 1. AMB 5.15.3)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 6,3 ha en 1 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Código del ámbito sometido a plan de desarrollo Denominación del ámbito pendiente de desarrollo Tipo de instrumento de planeamiento de desarrollo Observaciones a tipo de instrumento de desarrollo Observaciones a plazo Uso global asignado al ámbito de desarrollo Observaciones al uso global Coeficiente de edificabilidad bruta del ámbito (m²c/m²s) Superficie edificable máxima residencial (m²c) Observaciones a superficie edificable máxima residencial Superficie edificable máxima otros usos privados (m²c) Observaciones a superficie edificable máxima otros usos privados IDEN Otras determinaciones
5874-821-DES-1-1-37 Actuación de renovación parcial y de Dotación 1. AMB 5.15.3 PE Observaciones - Se redactará un Plan Especial de Ordenación, que podrá formularse y tramitarse de forma simultánea con el Proyecto de Urbanización que resulte preciso para la ejecución de los espacios libres públicos y remates de urbanización. La ordenación contenida en los Planos de Ordenación OP y en los de esta ficha tienen carácter meramente indicativo, salvo en lo referente a los elementos vinculantes que se establecen expresamente en el apartado correspondiente de la presente ficha. Se cumplirá con los parámetros que sean exigibles de acuerdo con la legislación urbanística aplicable. CONTENIDO E INSTRUCCIONES DEL PLAN ESPECIAL Además de las determinaciones que resulten precisas para el desarrollo de la ordenación pormenorizada completa y detallada en el recinto delimitado para esta AUD, el Plan Especial deberá incluir los siguientes contenidos: - La concreción de la mayor necesidad de dotaciones y espacios libres públicos en función del incremento de la edificabilidad media ponderada, o la densidad, o de los cambios de uso determinados en las parcelas edificables lucrativas resultantes de la ordenación. - La concreción de la cesión al Ayuntamiento del porcentaje del 10 % del incremento de la edificabilidad media ponderada que se produzca con respecto al aprovechamiento urbanístico del planeamiento que se revisa, en los términos establecidos por el artículo 16.1.b) del TRLS 2008, o los que resulten aplicables tras la adaptación a éste de la legislación urbanística Canaria. - La concreción de la cesión al ayuntamiento del suelo para viales, espacios libres y restantes dotaciones públicas, en su caso, determinándose en el PE las actuaciones y operaciones que deberán realizarse para hacerlas efectivas. - La concreción del valor total de las cargas imputables a la actuación que corresponde a cada nuevo metro cuadrado de superficie edificable o a cada nueva vivienda, según corresponda. - El Plan Especial establecerá las rasantes del espacio libre público. Los desniveles que se pudiesen plantear entre las rasantes del viario y el nuevo espacio libre público, deberán resolverse conforme a la normativa sobre accesibilidad y supresión de barreras físicas de aplicación. - Así mismo determinará las condiciones de forma y volumen de la edificación prevista, siempre en base a las determinaciones de edificabilidad máxima, altura máxima y usos compatibles que se establecen a continuación. - La calidad estética y constructiva de las intervenciones en el espacio libre debe quedar garantizada, estableciéndose la obligatoriedad de la plantación de árboles de porte en el porcentaje de la superficie de los espacios libres que determinen las Ordenanzas Municipales al respecto, o en su defecto en al menos el 15% de su superficie. Observaciones - Solicitud de licencia de edificación, desde la entrada en vigor del Plan Especial Observaciones - Ejecución material completa de las obras de urbanización pendientes, desde la aprobación del Proyecto de Urbanización Observaciones - Presentación del Proyecto de Urbanización, desde la entrada en vigor del Plan Especial (en su caso) Observaciones - Tramitación del Plan Especial y del Proyecto de Urbanización (cuando así se determine), desde la entrada en vigor del PGO RE Observaciones - Residencial VP 1,12 59537 Observaciones - Residencial Colectiva 5.956 m2c SUBTOTAL RESIDENCIAL 5.956 m2c Residencial Colectiva Vvda. Protegida (C) 7.124 m2c Residencial Colectiva Vvda. Protegida (A) 26.784 m2c Residencial Colectiva Vvda. Protegida 19.673 m2c SUBTOTAL RESIDENCIAL VP 53.581 m2c 4318 Observaciones - Terciario Comercios (A) -- 2.550 m2c Terciario Comercios -- 1.768 m2c SUBTOTAL TERCIARIO -- 4.318 m2c 5497 Condiciones particulares ambientales. PROTECCIÓN DE CAUCES Con carácter previo a su aprobación, el Proyecto de Urbanización se deberá someter a autorización del Consejo Insular de Aguas y adoptar las medidas correctoras pertinentes, con el fin de garantizar la continuidad del drenaje de los cauces. El eje de los mismos aparece señalado en los planos de ordenación pormenorizada y en la ficha de ordenación, de acuerdo al Inventario facilitado por el citado organismo de fecha junio de 2005. En los casos en que se trate de cauces públicos en los que no sea posible mantener la continuidad se deberá garantizar, a través de las obras de desvío o de canalización, que sean precisas, y previa la tramitación del procedimiento de desafectación de los terrenos constitutivos del dominio público hidráulico, siendo, en todo caso, el Consejo Insular de Aguas, quien deberá aprobar, si fuere necesario, los extremos anteriores. - Condiciones de gestión y ejecución. CONDICIONES DE EJECUCIÓN DE LA URBANIZACIÓN Será a cargo del sector la ejecución de la totalidad de las obras de urbanización interiores al mismo (viales, espacios libres, y cualquier otra que resulte necesaria), en coherencia con lo preceptuado en el artículo 16 del Texto Refundido de la Ley de Suelo aprobado por RDL 2/2008. La ejecución de la edificación está supeditada a la previa o simultánea ejecución de la urbanización, incluyendo los espacios libres y viarios, de acuerdo a lo previsto en el artículo 73 del TRLOTENC y en el artículo 207 del Reglamento de Gestión y Ejecución del Sistema de Planeamiento de Canarias. El Proyecto de Urbanización cumplirá lo dispuesto en el Decreto 227/1997, Reglamento de la Ley 8/1995 de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación. Las condiciones de la urbanización establecidas en los siguientes apartados se complementan con las generales que se recogen en las Normas de Ordenación del Plan General y en las Ordenanzas Municipales de Urbanización. Deberá tenerse especial cuidado en el estudio de las rasantes de los puntos de encuentro con las urbanizaciones colindantes, con el fin de garantizar la continuidad del viario y espacios libres. En las áreas ajardinadas, se garantizará el recorrido peatonal con la construcción de caminos debidamente tratados y permitiendo su disfrute público. Así mismo, se ejecutarán otros elementos como una red de riego y mobiliario urbano. La ubicación y diseño de las instalaciones propias y necesarias de la Actuación, incluso los puntos de recogida de residuos, deberán ser estudiados en el Proyecto de Urbanización, con la finalidad de evitar impactos producidos como consecuencia de ruidos, vibraciones, olores o diseño arquitectónico inadecuado. - Condiciones de edificación. La ordenación habrá de tener en cuenta la orografía del terreno y adecuar las tipologías edificatorias a la misma, de forma tal que el impacto visual desde el entorno se minimice lo más posible, debiendo estudiar pormenorizadamente la adaptación topográfica de la implantación de la edificación. - Elementos vinculantes de la ordenación. El trazado del viario y el Sistema General de Parque Urbano. - Parcela mínima edificable : 5471. Para espacios libres - Número máximo de plantas : 16. - Objetivos del ámbito. El objetivo de la AUD es la reordenación del recinto delimitado para su renovación urbanística parcial, con aumento de las dotaciones proporcionalmente al incremento de la edificabilidad y desarrollando las siguientes actuaciones: - Viabilizar la construcción de un nuevo espacio libre de uso y dominio público con el fin de cualificar el espacio urbano y dotar a la zona de una nueva área de esparcimiento. - Establecer una nueva manzana de usos residenciales y terciarios que viabilicen la Actuación de Dotación delimitada. - Justificar el incremento proporcional de las dotaciones, en este caso espacios libres, en función del incremento de edificabilidad sobre la prevista en el planeamiento que se revisa. - Justificación. Esta actuación urbanística se justifica principalmente por el interés público general que supone cualificar e incrementar la calidad ambiental en el espacio urbano del recinto delimitado y en su entorno, de conformidad con los criterios expuestos en la Directriz 74 de las Directrices de Ordenación General de Canarias. En concreto, se ha de estudiar una nueva ordenación del ámbito en la que se produzca una renovación parcial de la trama urbana con la apertura de nuevos espacios libres y viarios a la vez que se establezcan nuevos aprovechamientos residenciales y terciarios, reconduciendo el uso industrial actual a usos mas compatibles con el entorno residencial en que se ubica y que en desarrollo del planeamiento tendrá en un futuro. El objetivo de esta actuación y las condiciones de ordenación establecidas para lograrlo, implican su consideración como Actuación Urbanística de Dotación (AUD), al suponer una renovación parcial del espacio de suelo urbanizado con incremento de las dotaciones en función del incremento de edificabilidad, densidad o cambios de uso atribuibles a los terrenos incluidos en la actuación. En consecuencia, se trata de una actuación asimilable a las actuaciones de dotación previstas en el Texto Refundido de la Ley de Suelo estatal, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008 (TRLS 2008). El incremento de edificabilidad se determinará partiendo de la asignada en el planeamiento anterior. El planeamiento vigente incluye dentro del recinto de la AUD la parcela 1 Sur del P.P. Costa Sur, con una edificabilidad de 1.700 m²c, y la parcela 1 Norte del P.P Costa Sur, con una edificabilidad de 6.200m²c, lo que hace un total de 7.900 m²c. En todo caso, cuando se desarrolle la AUD se analizarán los antecedentes y expedientes tramitados a efectos de verificar la edificabilidad que asigna el planeamiento vigente. Con el fin de concretar y ajustar de forma precisa y adecuada las determinaciones de la ordenación, se considera procedente remitir a Plan Especial (PE) el desarrollo de la ordenación pormenorizada completa y detallada, por lo que el recinto delimitado queda sujeto a la formulación y aprobación del instrumento de planeamiento correspondiente, de acuerdo a los objetivos, criterios y condiciones expresados en esta ficha. - Superficie de suelo- Viario y otros : 5990. Total SUBTOTAL ESPACIOS LIBRES Peatonales - Superficie de suelo- Sistemas Locales : 4249. SUBTOTAL INFRAESTRUCTURAS DE COMUNICACIONES S.L. Viario - Superficie de suelo- Sistemas Locales : 21236. SUBTOTAL ESPACIOS LIBRES S.L. Plazas 2.529 m2 S.L. Parque Urbano 18.707 m2 - Superficie de suelo- Sistemas Locales : 25485. Total - Superficie de suelo- Sistemas Generales : 7329. Total SUBTOTAL INFRAESTRUCTURAS DE COMUNICACIONES S.G. Viario - Superficie de suelo- Lucrativo : 3879. SUBTOTAL EQUIPAMIENTO LOCAL E. Social - Asistencial (A) - Superficie de suelo- Lucrativo : 17036. SUBTOTAL RESIDENCIAL VP Residencial Colectiva Vvda. Protegida (C) 1.931 m2 Residencial Colectiva Vvda. Protegida (A) 9.778 m2 Residencial Colectiva Vvda. Protegida 5.327 m2 - Superficie de suelo- Lucrativo : 2944. SUBTOTAL RESIDENCIAL Residencial Colectiva - Superficie de suelo- Lucrativo : 23859. Total - Edificabilidad del ámbito : 70061. - Superficie edificable máxima por usos : 6206. Subtotal Equipamiento Local - Nº de viviendas : 331. - Nº de Habitantes Potenciales : 993. - Densidad (Hab/Ha) : 158. - Densidad (viv/Ha) : 53. - Superficie total : 62663. -