• Ambito: TR MP de NNSS Icod de los Vinos Centro Histórico
  • Instrumento: MP NNSS Nº01 Centro Histórico - 10 de Mayo de 1996
  • Trámite: APROB. DEF. MP NNSS Nº01 Centro Histórico - 10 de Mayo de 1996
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Texto Refundido de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Icod de Los Vinos en el Centro Histórico, publicada el 10/05/1996 en el BOC 057/96 (849)
  • Etiqueta: E (Equipamientos y dotaciones)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 2,6 ha en 24 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Observaciones edificabilidad máxima Altura máxima en número de plantas Observaciones altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Observaciones altura máxima en metros a viario Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
E Equipamientos y dotaciones I I I I I I I I I I I I 1,5 Observaciones - Casco Histórico: Según las condiciones de la zona 3 Observaciones - Casco Histórico: Según las condiciones de la zona 9 Observaciones - "En el Casco Histórico: Para los edificios de dominio público que se sitúen en zonas de edificación abierta las alturas edificables serán libres cuando no lo impidan las ordenanzas particulares de la zona. Los que se sitúen en zonas de edificación cerrada y ocupen una manzana completa o al menos tres lados contiguos de una misma manzana la altura de la planta baja será libre y podrá remodelarse en su coronación una fracción del volumen equivalente al de la última planta autorizada cuando así convenga a la mejor solución de los enrases de cornisa por las diferentes calles, a la dotación de elementos de remate adecuados a la singularización de su carácter o a la integración de las instalaciones técnicas necesarias a su funcionamiento en el diseño de la envolvente global del edificio." I I I 490102 Condiciones para la edificación. "El tipo de ordenación de la edificación será el característico del sector donde se ubica el equipamiento. Para ello los equipamientos, salvo expresión en contrario, se albergarán en edificaciones que respeten los parámetros de los tipos edificatorios de la zona. Casco Histórico: Cuando la parcela con calificación dotacional no estuviera incluida en ninguna zona normativa particular, se entenderá sometida a las condiciones de posición y edificabilidad y aprovechamiento señaladas para la zona mas próxima, sin perjuicio de la posibilidad de redefinir esas condiciones mediante Estudio de Detalle. Si las características necesarias para la edificación dotacional hicieran improcedente la edificación siguiendo las condiciones de la zona en que se localice, podrá relevarse de su cumplimiento, a excepción de las que se refieren a su altura máxima mediante la aprobación de un Estudio de Detalle que resuelva satisfactoriamente la integración del edificio en la zona" -