• Ambito: Plan Parcial de Ordenación Residencial S.A.U. Las Caletas
  • Instrumento: PP Las Caletas - 30 de Septiembre de 2003
  • Trámite: APROB. DEF. PP Las Caletas - 30 de Septiembre de 2003
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan Parcial de Ordenación Residencial S.A.U. Las Caletas de Fuencaliente, publicada el 30/09/2003 en el BOC 190/03 (889)
  • Etiqueta: ERA 1 (Residencial abierta 1)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 754,5 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Observaciones separación mínima entre edificios Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
ERA 1 Residencial abierta 1 I 300 I I 15 I I I I I I Observaciones - Cuando se construyen volúmenes separados o cuando dos fachadas de un mismo volumen edificado queden enfrentados, la edificación deberá disponerse de forma tal que los espacios libres a los que den superficies habitables, cumplan la condición de que la distancia mínima entre cada punto de la fachada de uno a otro volumen sea igual o mayor a la altura de la fachada de menor altura en dichos puntos. 40 0,34 1 I I I I 479672 Aparcamientos. Los aparcamientos se resolverán conforme se establecen en el Plan Parcial, sin perjuicio de que se prevean plazas de aparcamientos en el interior de las parcelas residenciales. - Planta sótano y semisótano. Se permite la construcción de sótanos y semisótanos, respetando la ocupación máxima del 50%. - Altura reguladora : 3,5. No se permite, con carácter general, los volúmenes de sobre altura o construcciones por encima de la altura reguladora, establecidos en el art. 74. de las Normas Urbanísticas de las NN.SS, de Fuencaliente. - Retranqueos de la edificación : 5. Al borde de la vía que de a linderos de sistema dotacional, y en todo caso la mitad de la altura de la fachada en ese punto. El espacio comprendido entre la alineación del vial y la alineación de la edificación deberá ser plantado y ajardinado, así como las áreas laterales colindantes con otras parcelas, no admitiéndose en ella ningún tipo de edificación. - Retranqueos de la edificación : 2. Al borde de la vía que dé frente la parcela, y en todo caso la mitad de la altura de la fachada en ese punto. El espacio comprendido entre la alineación del vial y la alineación de la edificación deberá ser plantado y ajardinado, así como las áreas laterales colindantes con otras parcelas, no admitiéndose en ella ningún tipo de edificación. - Alineación de vial. Las alineaciones de la edificación o línea de fachada no se definen en este documento, en tanto se entiende no procede su establecimiento en este tipo de edificación abierta. -