• Ambito: Puntagorda
  • Instrumento: PGO Puntagorda - 25 de Mayo de 2005
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Puntagorda - 29 de Abril de 2003
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan General de Ordenación de Puntagorda, publicada el 04/11/2010 en el BOC 217/10 y el 12/11/2010 en el BOP 219/10 (724)
  • Etiqueta: EQP (Equipamiento)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 2,2 ha en 7 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
EQP Equipamiento I 500 12 I I I I I I I I I I 2 7 I I I 499478 Condiciones especificas : 40. - Condiciones especificas. No se podrá eliminar un equipamiento o dotación que esté computado para el estándar dotacional del asentamiento, o modificar el uso, precisando para ello de la modificación de la ordenación pormenorizada del Plan. Se cumplirá con las limitaciones de uso establecidas en la DOG-63, sin perjuicio de lo que prevea el planeamiento insular. La modificación de planeamiento que posibilite incrementar la capacidad de viviendas, se ajustará a las capacidad límite establecida en estas normas, determinada en el doble de las existentes computadas en el presente Plan, y se deberá comprobar la ejecución de las infraestructuras, equipamientos y dotaciones previstas para el asentamiento; de conformidad con los estándares legalmente establecidos. Para el cumplimiento del estándar mínimo de 0,20 m2s/m2c de espacios libres, equipamientos y dotaciones previsto en la DOG-63, se computarán las superficies construidas de todos los usos lucrativos. - Retranqueo : 3. -