• Ambito: Breña Baja
  • Instrumento: PGO Breña Baja - 23 de Febrero de 2007
  • Trámite: APROB. DEF. PGO Breña Baja - 23 de Febrero de 2007
  • BOP: enlace
  • Documento: Texto Refundido de Aprobación Definitiva de Adaptación al D.L. 1/2000 de Plan General de Ordenación de Breña Baja, publicado el 23/02/2007 en el BOP 028/07 (624)
  • Etiqueta: RE (Extensiva)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 9,9 ha en 12 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Observaciones separación mínima a lindero frontal Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Observaciones altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Observaciones a distancia de la línea de disposición a la alineación Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
RE Extensiva I 400 I I I I 5 Observaciones - De las vías 3 3 I I 40 I I Observaciones - La establecida gráficamente. La altura consignada se puede incrementar en una planta más, siempre y cuando la planta baja se destine exclusivamente a uso industrial, terciario y dotacional, a excepción del acceso (portal, escalera y ascensor), a plantas superiores. I I I Observaciones - En el núcleo de La Polvacera los retranqueos establecidos, y señalados gráficamente, son de aplicación solamente a las edificaciones de nueva construcción, admitiéndose los que tienen las edificaciones existentes a la entrada en vigor del presente Plan General de Ordenación, sin que, por tanto, las mismas sean consideradas por ello fuera de ordenación, aunque sus ampliaciones si deberán cumplir los retranqueos exigidos. I 467275 Frente edificable máximo : 20. - Frente edificable máximo : 12. En el núcleo de La Polvacera -