- Ambito: ED Adecuación Alineaciones Rasantes Reord Volumétrica Breñ. Baja
- Instrumento: ED Adecuación de Alineaciones, Rasantes y Reordenación Volumétrica - 15 de Septiembre de 2006
- Trámite: APROB. DEF. ED Adecuación de Alineaciones, Rasantes y Reordenación Volumétrica - 15 de Septiembre de 2006
- BOP: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Estudio de Detalle para la Adecuación de Alineaciones, Rasantes y Reordenación Volumétrica de la manzana situada en la travesía urbana, carretera LP-1, San Antonio-Breña Baja, publicado el 15/09/2006 en el BOP 132/06 (625)
- Etiqueta: RSE (Semi-extensiva)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 4.117,6 m2 en 1 recinto/s
- Documentos originales:
# | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Observaciones separación mínima a lindero frontal | Separación mínima a lindero posterior (m) | Separación mínima a lindero lateral (m) | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Altura máxima en número de plantas | Observaciones altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Observaciones a distancia de la línea de disposición a la alineación | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) | IDEN | Otras determinaciones |
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RSE | Semi-extensiva | I | 300 | I | I | I | I | 5 | Observaciones - De las vías | 3 | 3 | I | I | 60 | I | I | Observaciones - La establecida gráficamente. La altura consignada se puede incrementar en una planta más, siempre y cuando la planta baja se destine exclusivamente a uso industrial, terciario y dotacional, a excepción del acceso (portal, escalera y ascensor), a plantas superiores. | I | I | I | Observaciones - En el núcleo de La Polvacera los retranqueos establecidos, y señalados gráficamente, son de aplicación solamente a las edificaciones de nueva construcción, admitiéndose los que tienen las edificaciones existentes a la entrada en vigor del presente Plan General de Ordenación, sin que, por tanto, las mismas sean consideradas por ello fuera de ordenación, aunque sus ampliaciones si deberán cumplir los retranqueos exigidos. | I | 459137 | Frente edificable máximo : 60. - Frente edificable máximo : 25. En el núcleo de La Polvacera - |