• Ambito: Teguise
  • Instrumento: PGO Teguise - 26 de Febrero de 2007
  • Trámite: APROB. DEF. PARC. PGO Teguise - 18 de Marzo de 2015
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva Parcial de Plan General de Ordenación de Teguise, publicado el 05/03/2015 en el BOC 044/15 y el 18/03/2015 en el BOP 036/15 (723)
  • Etiqueta: 202 (Parcela 202.A)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 4,6 ha en 1 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
202 Parcela 202.A I I I I I I I I I I I I I I I I I I 486019 Otras condiciones. Condiciones de la edificación: Las establecidas por la Modificación Puntual de 2 de agosto de 2002. "Habiéndose anulado por el Tribunal Supremo (en sentencia de 21 de julio de 2010, recurso 1428/2006 Pte. Calvo Rojas, Eduardo (EDJ 2010/153280) la sentencia del Tribunal de Justicia de Canarias (sección 2ª) de 5 de octubre de 2005 (recurso número 1696/2002) se mantienen las determinaciones de la Modificación Puntual del Plan Especial de Ordenación de la Maleza de Tahiche, Cortijo del Majo y Llanos del Charco, de Costa Teguise aprobadas en acuerdo del Ayuntamiento Pleno de Teguise de 2 de agosto de 2002. Todo ello en el bien entendido de que habrá que estarse a lo que finalmente determine el Tribunal Superior de Justicia de Canarias puesto que la sentencia del Tribunal Supremo acuerda retrotraer las actuaciones al momento inmediatamente anterior al dictado de la sentencia para que por la Sala de instancia se resuelva lo que proceda no pudiendo declarar ya la inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo por extemporáneo". - Plazas residenciales a efectos de techo máximo PIOL'91 35 m²c/plaza : 286,00. - Superficie edificable máxima : 10035,00. - Superficie de parcela : 15493,00. -