• Ambito: Teguise
  • Instrumento: PGO Teguise - 26 de Febrero de 2007
  • Trámite: APROB. DEF. PARC. PGO Teguise - 18 de Marzo de 2015
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva Parcial de Plan General de Ordenación de Teguise, publicado el 05/03/2015 en el BOC 044/15 y el 18/03/2015 en el BOP 036/15 (723)
  • Etiqueta: D-A-TG-2 (Dotación Administrativa en La Villa de Teguise-2)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 346,2 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Observaciones separación mínima a lindero frontal Separación mínima a lindero posterior (m) Observaciones separación mínima a lindero posterior Separación mínima a lindero lateral (m) Observaciones separación mínima a lindero lateral Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Observaciones altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Observaciones altura máxima en metros a viario Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
D-A-TG-2 Dotación Administrativa en La Villa de Teguise-2 I I I I I I 2 Observaciones - Cuando una parcela adscrita a esta zona de ordenación colinda con otras parcelas adscritas a las zonas de ordenación con tipología de edificación exenta 2 Observaciones - Total o parcialmente, cuando: 1) Sea necesario garantizar las necesidades de ventilación, iluminación natural y así cumplir las condiciones de habitabilidad que en función del uso le sea exigible. 2) Para adecuarse a las condiciones de edificación máxima permitida sea imposible ocupar el cien por cien de la parcela o de alguna de sus plantas. Cuando una parcela adscrita a esta zona de ordenación colinda con otras parcelas adscritas a las zonas de ordenación con tipología de edificación exenta, estará obligada a presentar este retranqueo de la edificación en todos los linderos que comparta con dichas parcelas. 2 Observaciones - Cuando una parcela adscrita a esta zona de ordenación colinda con otras parcelas adscritas a las zonas de ordenación con tipología de edificación exenta I I 100 I 2 Observaciones - Debiendo mantener las actuales si fuera inferior. I Observaciones - La necesaria para armonizar las nuevas edificaciones con las colindantes, incluyendo los elementos ornamentales significativos como torres, campanarios, miradores o similares cuando tengan un cierto interés cultural. I I I 485595 Dotación mínima de aparcamientos : 1. Por cada sesenta metros cuadrados (60 m²) de superficie útil, salvo que de acuerdo a la normativa sectorial se exijan mayores dotaciones. El Ayuntamiento podrá autorizar la reducción del nivel de dotación exigida cuando se disponga de aparcamientos de uso público suficientes en cantidad, situados a una distancia no superior a doscientos metros (200 m) del establecimiento de referencia. - Superficie edificable máxima : 591,6. - Superficie de parcela : 348. - Núcleo. La Villa -