• Ambito: Teguise
  • Instrumento: PGO Teguise - 26 de Febrero de 2007
  • Trámite: APROB. DEF. PARC. PGO Teguise - 18 de Marzo de 2015
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva Parcial de Plan General de Ordenación de Teguise, publicado el 05/03/2015 en el BOC 044/15 y el 18/03/2015 en el BOP 036/15 (723)
  • Etiqueta: 570 (Parcela 570)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 5.552,2 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
570 Parcela 570 I I I I I I I I I I I I I I I I I I 485118 Estándar (35 m2c/plaza) : 51. - Estándar (60 m2s/plaza) : 93. - Plazas turísticas autorizables : 51. - Superficie edificable máxima de equipamiento complementario : 602. - Superficie edificable máxima alojativa : 1806. - Superficie edificable máxima : 2408. - Superficie de parcela : 5600. - Situación : A.1. Es la que corresponde a aquellas parcelas donde de acuerdo a los términos y condiciones fijados en el artículo 4.2 de la Ley 2/2013, sería posible la autorización de nuevos establecimientos alojativos. La capacidad alojativa que corresponde a las parcelas en Situación A.1 se determinará en base a la aplicación de los siguientes estándares: a. Un estándar de densidad mínimo de sesenta metros cuadrados de superficie de parcela neta por plaza (60 m²s/plaza). b. Un estándar mínimo de treinta y cinco metros cuadrados edificables de uso alojativo, por plaza alojativa (35 m²c/plaza). -