- Ambito: San Bartolomé
- Instrumento: NNSS San Bartolomé - 30 de Agosto de 1995
- Trámite: APROB. DEF. NNSS San Bartolomé - 19 de Julio de 1995
- BOC: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Normas Subsidiarias de San Bartolomé publicado el 30/08/1995 en el BOC 113/95 y el 09/02/1996 en el BOP 018/96 (841)
- Etiqueta: 6160-843-DES-2-19 (Sector 7)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 3,8 ha en 1 recinto/s
- Documentos originales: enlace
# | Código del ámbito sometido a plan de desarrollo | Denominación del ámbito pendiente de desarrollo | Tipo de instrumento de planeamiento de desarrollo | Uso global asignado al ámbito de desarrollo | Coeficiente de edificabilidad bruta del ámbito (m²c/m²s) | IDEN | Otras determinaciones |
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6160-843-DES-2-19 | Sector 7 | PP | RE | 0,3 | 6055 | Separación entre bloques : 5. Como mínimo y será igual a la altura de la edificación. - Agrupación de edificaciones en la misma parcela. Para las zonas residenciales se determina: Se prohíbe las agrupaciones que configuren una tipología en patio de manzana cerrados en todo su contorno, se permiten tipologías en U ó L. - Porcentaje de superficie ajardinada : 50. De la parcela no ocupada por la edificación - Retranqueos de parcela : 2. A linderos - Retranqueos de parcela : 3. A viales - Longitud máxima de fachada : 30. En agrupaciones de hasta cuatro viviendas - Longitud máxima de fachada : 20. En viviendas unifamiliares aisladas o pareadas - Altura máxima (metros) : 9. A cumbrera. De la superficie total edificable, un mínimo del 65% se edificará en planta baja y un máximo del 35% en planta alta. - Altura máxima (metros) : 7. A cubierta plana. De la superficie total edificable, un mínimo del 65% se edificará en planta baja y un máximo del 35% en planta alta. - Altura máxima (plantas) : 2. - Ocupación máxima de la parcela : 60. - Frente mínimo de parcela : 10. - Parcela mínima : 200. - Tipología edificatoria. Viviendas unifamiliares aisladas o adosadas hasta un máximo de cuatro viviendas. - |