- Ambito: Parque Natural de Jandía
- Instrumento: PRUG Parque Natural de Jandía - 6 de Mayo de 2009
- Trámite: APROB. DEF. PRUG Parque Natural de Jandía - 6 de Mayo de 2009
- BOC: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Plan Rector de Uso y Gestión de Parque Natural de Jandía publicado el 06/05/2009 en el BOC 085/09 (1000)
- Etiqueta: N-UR (NUCLEO URBANO EL PUERTITO)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 0 m2 en 13 recinto/s
- Documentos originales:
# | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Observaciones parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Observaciones superficie mínima de parcela | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Observaciones longitud mínima del lindero frontal | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Observaciones separación mínima a lindero frontal | Separación mínima a lindero posterior (m) | Separación mínima a lindero lateral (m) | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Observaciones edificabilidad máxima | Altura máxima en número de plantas | Observaciones altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Observaciones altura máxima en metros a parcela | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) |
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N-UR | NUCLEO URBANO EL PUERTITO | NP | Art.63. Apartado 6. Parcelaciones: No se admiten nuevas parcelaciones | 100 | Art.63. Apartado 6. Parcela Mínima: 100 m2. Se respetarán las parcelas existentes y autorizadas menores de 100 m2 a la entrada en vigor de este Plan Rector | 10 | Art.63. Apartado 6. Frente mínimo de la parcela: 10 m. Se respetará el frente mínimo en viviendas existentes y autorizadas a la entrada en vigor de este Plan Rector, quedando en situación legal de fuera de ordenación los frentes menores a 6 m. | I | I | I | GRF | Art.63. Apartado 6. Retranqueos: No se admiten retranqueos. Deberá ajustarse a la alineación oficial establecida en el plano de ordenación pormenorizada del suelo urbano. Alineaciones: La señalada como alineación oficial en el plano de ordenación pormenorizada del suelo | NP | NP | I | I | I | 1 | Art.63. Apartado 6. Edificabilidad máxima por parcela: 1,00 m2/m2 | 1 | Art.63. Apartado 6. Altura máxima: 1 planta | NP | 2,80 | Art.63. Apartado 6. Altura libre de suelo a techo: 2,80 m. | I | I |