|
AR |
Asentamiento Rural |
I |
400 |
Art.2.2.34 |
10 |
Art.2.2.34 |
I |
12 |
Art.2.2.34 |
COM |
En caso de Edificación Abierta NP.En caso de Edificación Cerrada (Sólo admisible en parcelas residuales entre edificaciones existentes de tipología Cerrada y en vías consolidadas con edificación Cerrada. Art.2.2.36)AV+GRF- Se entiende por edificación cerrada la edificación adosada a la alineación de la calle y a todos o alguno de los restantes colindantes, conformando fachada continua a la vía pública. Art.3.1.36.En edificación Cerrada, cuando se exija separación de la edificación a la alineación exterior habrá de optarse entre alguna de las dos soluciones siguientes: Incorporar el espacio de retranqueo a la vía pública, o crear un Jardín delantero. Art.3.1.18. |
COM |
4m. Las alineaciones de la edificación , hacia la red viaria principal, se separarán como mínimo cuatro metros del eje de la vía o camino Art.2.2.31, 2m. Las alineaciones de la edificación se separarán, hacia la red viaria secundaria como mínimo dos metros del eje de la vía o camino.Art.2.2.32 |
COM |
En caso de Edificación Abierta 3m. La edificación se separará de los linderos de las parcelas con que colinde un mínimo de tres metros. 0m. Será obligatorio adosarse a las construcciones colindantes erigidas con anterioridad al Plan General y que presentan fachadas ciegas en el lindero común.Se permite el adosamiento de dos edificaciones cuando se construyan simultáneamente.Art.2.2.37.En caso de Edificación Cerrada (Sólo admisible en parcelas residuales entre edificaciones existentes de tipología Cerrada y en vías consolidadas con edificación Cerrada. Art.2.2.36).3 En parcelas que colinden con edificación preexistente con tipología Aislada, las nuevas construcciones se retranquearán como mínimo tres metros del lindero o linderos comunes, Art.2.2.37 |
COM |
En el caso de Edificación Abierta
- 3m. La edificación se separará de los linderos de las parcelas con que colinde un mínimo de tres metros.- 0m. Será obligatorio adosarse a las construcciones colindantes erigidas con anterioridad al Plan General y que presentan fachadas ciegas en el lindero común.Se permite el adosamiento de dos edificaciones cuando se construyan simultáneamente-Art.2.2.37.En el caso de Edificación Cerrada (Sólo admisible en parcelas residuales entre edificaciones existentes de tipología Cerrada y en vías consolidadas con edificación Cerrada. Art.2.2.36) 0 caso normal. La edificación deberá adosarse a sus linderos laterales. 2m. Cuando el lindero posea servidumbre de paso con pretensión de formar parte de la red viaria secundaria
- 3m. En parcelas que colinden con edificación preexistente con tipología Aislada.Art.2.2.37 |
COM |
En caso de Edificación Abierta NP.En el caso de Edificación Cerrada (Sólo admisible en parcelas residuales entre edificaciones existentes de tipología Cerrada y en vías consolidadas con edificación Cerrada. Art.2.2.36) 20.Cuando la edificación se sitúa en el límite del Asentamiento de modo que uno o varios de sus linderos dan a espacio abierto de otra categoría de suelo rústico, tendrá que ofrecer fachada hacia los mismos. La profundidad de la edificación no excederá en este caso los veinte metros
Art.2.2.37 |
I |
COM |
En el caso de Edificación Abierta 40.Art.2.2.38.En el caso de Edificación Cerrada (Sólo admisible en parcelas residuales entre edificaciones existentes de tipología Cerrada y en vías consolidadas con edificación Cerrada. Art.2.2.36)NP |
COM |
En el caso de Edificación Abierta 0,7- Si de la conjunción de éste parámetro con otros derivados de las condiciones de posición, ocupación, forma y altura se concluyese una superficie total edificable menor, será este valor el que sea de aplicación. Art.3.1.28.- Las Construcciones Auxiliares estarán comprendidas dentro de la edificabilidad permitida. Art.4.2.3. Se permitirá la construcción en una parcela de un conjunto de edificios, cuando el conjunto se ajuste a los parámetros de aprovechamiento establecidos. Art.4.2.6.En el caso de Edificación Cerrada (Sólo admisible en parcelas residuales entre edificaciones existentes de tipología Cerrada y en vías consolidadas con edificación Cerrada. Art.2.2.36)NP |
2 |
Art.2.2.39 |
COM |
En el caso de Edificación Abierta
NP
En el caso de Edificación Cerrada (Sólo admisible en parcelas residuales entre edificaciones existentes de tipología Cerrada y en vías consolidadas con edificación Cerrada. Art.2.2.36)
6,5
Art.2.2.39 |
COM |
En el caso de Edificación Abierta 6,5.Art.2.2.39.En el caso de Edificación Cerrada (Sólo admisible en parcelas residuales entre edificaciones existentes de tipología Cerrada y en vías consolidadas con edificación Cerrada. Art.2.2.36)NP |
I |
I |