• Ambito: Agulo
  • Instrumento: PGO Agulo - 6 de Noviembre de 2003
  • Trámite: APROB. DEF. PARC. PGO Agulo - 18 de Octubre de 2005
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Modo Parcial de Adaptación Plena al D.L. 1/2000 y a la Ley 19/2003 (Directrices) y PIO de Plan General de Ordenación de Agulo, publicado el 18/10/2005 en el BOC 205/05 (945)
  • Etiqueta: AR (Asentamiento Rural)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 5,4 ha en 20 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Observaciones superficie mínima de parcela Longitud mínima del lindero frontal (m) Observaciones longitud mínima del lindero frontal Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Observaciones círculo inscribible mínimo Líneas de disposición obligatoria de la edificación Observaciones líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Observaciones separación mínima a lindero frontal Separación mínima a lindero posterior (m) Observaciones separación mínima a lindero posterior Separación mínima a lindero lateral (m) Observaciones separación mínima a lindero lateral Fondo máximo edificable Observaciones fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Observaciones porcentaje máximo de ocupación Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Observaciones edificabilidad máxima Altura máxima en número de plantas Observaciones altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Observaciones altura máxima en metros a viario Altura máxima en metros a parcela (m) Observaciones altura máxima en metros a parcela Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m)
AR Asentamiento Rural I 400 Art.2.2.34 10 Art.2.2.34 I 12 Art.2.2.34 COM En caso de Edificación Abierta NP.En caso de Edificación Cerrada (Sólo admisible en parcelas residuales entre edificaciones existentes de tipología Cerrada y en vías consolidadas con edificación Cerrada. Art.2.2.36)AV+GRF- Se entiende por edificación cerrada la edificación adosada a la alineación de la calle y a todos o alguno de los restantes colindantes, conformando fachada continua a la vía pública. Art.3.1.36.En edificación Cerrada, cuando se exija separación de la edificación a la alineación exterior habrá de optarse entre alguna de las dos soluciones siguientes: Incorporar el espacio de retranqueo a la vía pública, o crear un Jardín delantero. Art.3.1.18. COM 4m. Las alineaciones de la edificación , hacia la red viaria principal, se separarán como mínimo cuatro metros del eje de la vía o camino Art.2.2.31, 2m. Las alineaciones de la edificación se separarán, hacia la red viaria secundaria como mínimo dos metros del eje de la vía o camino.Art.2.2.32 COM En caso de Edificación Abierta 3m. La edificación se separará de los linderos de las parcelas con que colinde un mínimo de tres metros. 0m. Será obligatorio adosarse a las construcciones colindantes erigidas con anterioridad al Plan General y que presentan fachadas ciegas en el lindero común.Se permite el adosamiento de dos edificaciones cuando se construyan simultáneamente.Art.2.2.37.En caso de Edificación Cerrada (Sólo admisible en parcelas residuales entre edificaciones existentes de tipología Cerrada y en vías consolidadas con edificación Cerrada. Art.2.2.36).3 En parcelas que colinden con edificación preexistente con tipología Aislada, las nuevas construcciones se retranquearán como mínimo tres metros del lindero o linderos comunes, Art.2.2.37 COM En el caso de Edificación Abierta - 3m. La edificación se separará de los linderos de las parcelas con que colinde un mínimo de tres metros.- 0m. Será obligatorio adosarse a las construcciones colindantes erigidas con anterioridad al Plan General y que presentan fachadas ciegas en el lindero común.Se permite el adosamiento de dos edificaciones cuando se construyan simultáneamente-Art.2.2.37.En el caso de Edificación Cerrada (Sólo admisible en parcelas residuales entre edificaciones existentes de tipología Cerrada y en vías consolidadas con edificación Cerrada. Art.2.2.36) 0 caso normal. La edificación deberá adosarse a sus linderos laterales. 2m. Cuando el lindero posea servidumbre de paso con pretensión de formar parte de la red viaria secundaria - 3m. En parcelas que colinden con edificación preexistente con tipología Aislada.Art.2.2.37 COM En caso de Edificación Abierta NP.En el caso de Edificación Cerrada (Sólo admisible en parcelas residuales entre edificaciones existentes de tipología Cerrada y en vías consolidadas con edificación Cerrada. Art.2.2.36) 20.Cuando la edificación se sitúa en el límite del Asentamiento de modo que uno o varios de sus linderos dan a espacio abierto de otra categoría de suelo rústico, tendrá que ofrecer fachada hacia los mismos. La profundidad de la edificación no excederá en este caso los veinte metros Art.2.2.37 I COM En el caso de Edificación Abierta 40.Art.2.2.38.En el caso de Edificación Cerrada (Sólo admisible en parcelas residuales entre edificaciones existentes de tipología Cerrada y en vías consolidadas con edificación Cerrada. Art.2.2.36)NP COM En el caso de Edificación Abierta 0,7- Si de la conjunción de éste parámetro con otros derivados de las condiciones de posición, ocupación, forma y altura se concluyese una superficie total edificable menor, será este valor el que sea de aplicación. Art.3.1.28.- Las Construcciones Auxiliares estarán comprendidas dentro de la edificabilidad permitida. Art.4.2.3. Se permitirá la construcción en una parcela de un conjunto de edificios, cuando el conjunto se ajuste a los parámetros de aprovechamiento establecidos. Art.4.2.6.En el caso de Edificación Cerrada (Sólo admisible en parcelas residuales entre edificaciones existentes de tipología Cerrada y en vías consolidadas con edificación Cerrada. Art.2.2.36)NP 2 Art.2.2.39 COM En el caso de Edificación Abierta NP En el caso de Edificación Cerrada (Sólo admisible en parcelas residuales entre edificaciones existentes de tipología Cerrada y en vías consolidadas con edificación Cerrada. Art.2.2.36) 6,5 Art.2.2.39 COM En el caso de Edificación Abierta 6,5.Art.2.2.39.En el caso de Edificación Cerrada (Sólo admisible en parcelas residuales entre edificaciones existentes de tipología Cerrada y en vías consolidadas con edificación Cerrada. Art.2.2.36)NP I I