- Ambito: Agulo
- Instrumento: PGO Agulo - 6 de Noviembre de 2003
- Trámite: APROB. DEF. PARC. PGO Agulo - 18 de Octubre de 2005
- BOC: enlace
- BOP: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Modo Parcial de Adaptación Plena al D.L. 1/2000 y a la Ley 19/2003 (Directrices) y PIO de Plan General de Ordenación de Agulo, publicado el 18/10/2005 en el BOC 205/05 (945)
- Etiqueta: TA-12 (Turismo Asimilable propuesto Ámbito El Chorro)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 4,3 ha en 2 recinto/s
- Documentos originales: enlace
# | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Separación mínima a lindero posterior (m) | Separación mínima a lindero lateral (m) | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Observaciones separación mínima entre edificios | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Observaciones porcentaje máximo de ocupación | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Observaciones edificabilidad máxima | Altura máxima en número de plantas | Observaciones altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Observaciones altura máxima en metros a parcela | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
TA-12 | Turismo Asimilable propuesto Ámbito El Chorro | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | COM | Los diferentes volúmenes, cuando no estén agrupados, deberán estar separados entre si seis metros lineales (6m) a cualquiera de sus paramentos exteriores o fachadas. (Ficha Ámbitos turísticos específicos) | 30 | Se establece una ocupación del 30% de la unidad apta para la edificación (Ficha Ámbitos turísticos específicos) | COM | -Edificabilidad total: Se establece un máximo de treinta y cinco metros cuadrados construidos (35 m2c) por plaza alojativa. Dentro de esta superficie construida total se incluirán las edificaciones preexistentes sin que en ningún caso puedan superar los límites establecidos -Edificabilidad por volúmenes: Los volúmenes podrán ser aislados o estar agrupados pero en ningún caso podrá superar el 50% de la superficie construida máximo permitida para todo el ámbito y dispuestos en una única planta. (Ficha Ámbitos turísticos específicos) | 1 | Ficha Ámbitos turísticos específicos | I | 4,5 | Ficha Ámbitos turísticos específicos | I | I |