• Ambito: Agulo
  • Instrumento: PGO Agulo - 6 de Noviembre de 2003
  • Trámite: APROB. DEF. PARC. PGO Agulo - 18 de Octubre de 2005
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Modo Parcial de Adaptación Plena al D.L. 1/2000 y a la Ley 19/2003 (Directrices) y PIO de Plan General de Ordenación de Agulo, publicado el 18/10/2005 en el BOC 205/05 (945)
  • Etiqueta: PESPE-(PE.1) (Plan Especial de Ordenación del Litoral)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 97,1 ha en 1 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Código del ámbito sometido a plan de desarrollo Denominación del ámbito pendiente de desarrollo Tipo de instrumento de planeamiento de desarrollo Observaciones a tipo de instrumento de desarrollo Plazo máximo para presentar el planeamiento (meses) Observaciones a plazo Uso global asignado al ámbito de desarrollo Observaciones al uso global Instrucciones sobre otras condiciones
PESPE-(PE.1) Plan Especial de Ordenación del Litoral PE Ficha PE.1 COM PLAZO PRESENTACION PLAN: Fin 2009. (Ficha PE.1) AM Defensa, conservación, mejora y rehabilitación del medio natural. Se pretende proteger los elementos de interés naturales y etnográficos del litoral, definir las determinaciones particulares a las que se han de ajustar los usos pormenorizados permitidos de acuerdo a la Ley de Costas, y concretar la ordenación de las actuaciones posibles, su programación y financiación. (Ficha PE.1). -Las intervenciones resolverán adecuadamente el encuentro de los nuevos elementos que se introduzcan con los elementos existentes característicos del suelo rústico (bancales, muros de piedra)-La vegetación que se incluyan en las actuaciones será la adecuada ambientalmente a la zona.-Los proyectos de ejecución incluirán las medidas minimizadoras de los efectos ambientales producidos durante la fase de ejecución, con especial referencia a los movimientos de tierra, reutilización del suelo vegetal y los lugares de extracción y vertido de materiales. Se incluirán las medidas necesarias en materia de ruido, olores, vibraciones, emisiones luminosas y eliminación de residuos.-Se adoptarán las medidas concretas de restauración del paisaje en las zonas deterioradas, sobre todo en el espacio de influencia del vertedero existente. Se adoptarán, además, medidas de contención del posible deslizamiento del suelo sin cohesión de las laderas próximas a la Playa de San Marcos. (Ficha PE.1)