• Ambito: Paisaje Protegido de Pino Santo
  • Instrumento: PE Paisaje Protegido de Pino Santo - 27 de Octubre de 2006
  • Trámite: APROB. DEF. PE Paisaje Protegido de Pino Santo - 27 de Octubre de 2006
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan Especial de Paisaje Protegido de Pino Santo, publicado el 27/10/2006 en el BOC 189/06 (993)
  • Etiqueta: CJ (Ordenanza Ciudad Jardín (Monte Lentiscal)- Santa Brígida)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 4.217,7 m2 en 2 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Observaciones superficie mínima de parcela Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Observaciones separación mínima a lindero frontal Separación mínima a lindero posterior (m) Observaciones separación mínima a lindero posterior Separación mínima a lindero lateral (m) Observaciones separación mínima a lindero lateral Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Observaciones porcentaje máximo de ocupación Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Observaciones altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Observaciones altura máxima en metros a parcela Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m)
CJ Ordenanza Ciudad Jardín (Monte Lentiscal)- Santa Brígida I 400 Art.138. Excepto en el caso de adosar dos viviendas que la superficie de parcela mínima será de 800 m2. I I I I 4 Art.138. 3,5 Art.138. 3,5 Art.138. I I 25 Art.138. Se incluye en el cómputo las edificaciones secundarias. I 2 Art.138. Altura sobre rasante. I 7 Art.138. - Altura máxima a la cara inferior del forjado de cubierta: 7 metros. - Altura máxima de la línea de cumbrera de la cubierta de la edificación: 10 metros. I I