- Ambito: San Juan de la Rambla
- Instrumento: NNSS San Juan de La Rambla - 28 de Mayo de 1991
- Trámite: APROB. DEF. NNSS San Juan de La Rambla - 28 de Mayo de 1991
- BOC: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Normas Subsidiaras de San Juan de La Rambla publicado el 28/05/1991 en el BOC 092/91 (1013)
- Etiqueta: EA-Eq (Edificación Abierta de Libre Composición)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 2,1 ha en 11 recinto/s
- Documentos originales:
# | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Observaciones separación mínima a lindero frontal | Separación mínima a lindero posterior (m) | Observaciones separación mínima a lindero posterior | Separación mínima a lindero lateral (m) | Observaciones separación mínima a lindero lateral | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Observaciones porcentaje máximo de ocupación | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Observaciones edificabilidad máxima | Altura máxima en número de plantas | Observaciones altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Observaciones altura máxima en metros a viario | Altura máxima en metros a parcela (m) | Observaciones altura máxima en metros a parcela | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) | Otras determinaciones | DETGRAL |
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EA-Eq | Edificación Abierta de Libre Composición | I | I | I | I | I | I | 2 | La edificación se retranqueará dos (2) metros, como mínimo de todos sus linderos | 2 | La edificación se retranqueará dos (2) metros, como mínimo de todos sus linderos | 2 | La edificación se retranqueará dos (2) metros, como mínimo de todos sus linderos | I | I | NP | No se limita el porcentaje de ocupación de la parcela | 1,5 | 1,5 m2/m2 | NP | No se limita su altura máxima | NP | No se limita su altura máxima | NP | No se limita su altura máxima | I | I | El plano del terreno, de apoyo de la edificación, se adaptará escalonadamente a la rasante de la vía o vías a la que de frente la parcela, no permitiéndose diferencias entre las cotas de aquel y éstas de más de dos (2) metros. Cuando la topografía del terreno lo exija, se nivelarán diversas plataformas con dimensión mínima superior a tres (3) metros y superficie mínima de quince (15) metros cuadrados. Los muros de contención entre una y otra plataforma no superarán los dos (2) metros de altura, medidos como la diferencia de las cotas de pavimento de dichas plataformas. | De aplicación exclusiva en las parcelas destinadas a uso de equipamiento y así reflejadas en los planos de ordenación. Serán edificables según esta tipología las parcelas destinadas a equipamiento que así se señalen expresamente en los planos de ordenación. Serán parcelas de uso y dominio público. |