- Ambito: El Tanque
- Instrumento: NNSS de planeamiento de El Tanque - 25 de Agosto de 2000
- Trámite: APROB. DEF. NNSS de planeamiento de El Tanque - 25 de Agosto de 2000
- BOC: enlace
- BOP: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Normas Subsidiarias de Planeamiento de El Tanque, publicado el 15/02/1999 en el BOC 020/99 y el 25/08/2000 en el BOP 102/00 (561)
- Etiqueta: LC (Edificación de Libre Composición)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 1,6 ha en 17 recinto/s
- Documentos originales:
| # | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Observaciones separación mínima a lindero frontal | Separación mínima a lindero posterior (m) | Observaciones separación mínima a lindero posterior | Separación mínima a lindero lateral (m) | Observaciones separación mínima a lindero lateral | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Observaciones porcentaje máximo de ocupación | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Observaciones edificabilidad máxima | Altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) | IDEN | Otras determinaciones |
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| LC | Edificación de Libre Composición | I | I | I | I | I | I | 2 | Observaciones - Como mínimo de retranqueo, aunque podrá alinearse a vial | 2 | Observaciones - Como mínimo de retranqueo, aunque podrá adosarse a su lindero posterior | 2 | Observaciones - Como mínimo de retranqueo, aunque podrá adosarse a su lindero lateral | I | I | I | Observaciones - No se limita el porcentaje de ocupación de la parcela | 2,4 | Observaciones - Serán edificables según esta tipología las parcelas destinadas a equipamiento que así se señalen gráficamente. Serán parcelas de uso y dominio público. | 3 | I | I | I | I | 689703 | Altura reguladora máxima : 11. - Plano del terreno de apoyo de la edificación. El plano del terreno, de apoyo de la edificación, se adaptará escalonadamente a la rasante de la vía o vías a las que de frente la parcela, no permitiéndose diferencias entre las cotas de aquel y éstas de más de dos metros (2.00 m). Cuando la topografía del terreno lo exija se nivelarán diversas plataformas con dimensión mínima superior a tres metros (3.00 m) y superficie mínima de quince metros cuadrados (15.00 m2). Los muros de contención entre una y otra plataforma no superarán los dos metros (2.00 m) de altura, medidos como la diferencia de las cotas de pavimento de dichas plataformas. - |