• Ambito: El Tanque
  • Instrumento: NNSS de planeamiento de El Tanque - 25 de Agosto de 2000
  • Trámite: APROB. DEF. NNSS de planeamiento de El Tanque - 25 de Agosto de 2000
  • BOC: enlace
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Normas Subsidiarias de Planeamiento de El Tanque, publicado el 15/02/1999 en el BOC 020/99 y el 25/08/2000 en el BOP 102/00 (561)
  • Etiqueta: LC (Edificación de Libre Composición)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 1,6 ha en 17 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Observaciones separación mínima a lindero frontal Separación mínima a lindero posterior (m) Observaciones separación mínima a lindero posterior Separación mínima a lindero lateral (m) Observaciones separación mínima a lindero lateral Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Observaciones porcentaje máximo de ocupación Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Observaciones edificabilidad máxima Altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
LC Edificación de Libre Composición I I I I I I 2 Observaciones - Como mínimo de retranqueo, aunque podrá alinearse a vial 2 Observaciones - Como mínimo de retranqueo, aunque podrá adosarse a su lindero posterior 2 Observaciones - Como mínimo de retranqueo, aunque podrá adosarse a su lindero lateral I I I Observaciones - No se limita el porcentaje de ocupación de la parcela 2,4 Observaciones - Serán edificables según esta tipología las parcelas destinadas a equipamiento que así se señalen gráficamente. Serán parcelas de uso y dominio público. 3 I I I I 689703 Altura reguladora máxima : 11. - Plano del terreno de apoyo de la edificación. El plano del terreno, de apoyo de la edificación, se adaptará escalonadamente a la rasante de la vía o vías a las que de frente la parcela, no permitiéndose diferencias entre las cotas de aquel y éstas de más de dos metros (2.00 m). Cuando la topografía del terreno lo exija se nivelarán diversas plataformas con dimensión mínima superior a tres metros (3.00 m) y superficie mínima de quince metros cuadrados (15.00 m2). Los muros de contención entre una y otra plataforma no superarán los dos metros (2.00 m) de altura, medidos como la diferencia de las cotas de pavimento de dichas plataformas. -