• Ambito: Plan Especial de Rehabilitación Urbana de La Restinga
  • Instrumento: PE Rehabilitación Urbana de La Restinga - 6 de Septiembre de 2006
  • Trámite: APROB. DEF. PE Rehabilitación Urbana de La Restinga - 6 de Septiembre de 2006
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan Especial de Rehabilitación Urbana de La Restinga de Frontera, publicado el 06/09/2006 en el BOP 128/06 (644)
  • Etiqueta: M-3-79866 (Manzana 3)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 1.238,3 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
M-3-79866 Manzana 3 I I I I I I I I I I I I I I I I I I 464151 Nº Viviendas estimada : 15. - Edificabilidad Max. Estimada : 1731. - Superficie m2 suelo : 865,5. - Dotación de aparcamiento : 75. En aparcamiento subterráneo - Condiciones Particulares. Condiciones de volumen: La edificación preexistente y el espacio libre de nueva creación, determinan en esta manzana la siguiente organización volumétrica. Un cuerpo de tres plantas en continuidad de las edificaciones existentes con frente a la calle El Ancla. Al tratarse de edificación con una sola crujía, se medirá la altura de tres plantas en el frente a la Calle El Ancla, debiendo mantener toda la edificación un enrase a cornisa común. Un cuerpo de tres plantas hacia el interior del espacio público que se medirán desde la rasante de la plaza, admitiéndose hacia las calles laterales una altura superior, siempre que no se incremente la edificabilidad definida para la manzana ni la altura reguladora máxima. Condiciones de los espacios libres: En el espacio libre público propuesto en el interior de la manzana, la determinación de rasantes es orientativa, a ultimar en el correspondiente Proyecto de Urbanización. Su desarrollo tendrá que ser simultáneo con el de la edificación. Condiciones de los Equipamientos: Se prevé el desarrollo de un aparcamiento subterráneo . Esta actuación deberá obedecer a un proyecto conjunto con la plaza y las viviendas sujetas a régimen de protección que se proponen en superficie. -