• Ambito: Plan Especial de Rehabilitación Urbana de La Restinga
  • Instrumento: PE Rehabilitación Urbana de La Restinga - 6 de Septiembre de 2006
  • Trámite: APROB. DEF. PE Rehabilitación Urbana de La Restinga - 6 de Septiembre de 2006
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan Especial de Rehabilitación Urbana de La Restinga de Frontera, publicado el 06/09/2006 en el BOP 128/06 (644)
  • Etiqueta: M-28-79902 (Manzana 28)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 909,1 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
M-28-79902 Manzana 28 I I I I I I I I I I I I I I I I I I 464120 Nº Viviendas estimada : 23. - Edificabilidad Max. Estimada : 2736. - Superficie m2 suelo : 1368. - Retranqueo planta ático : 3. La tercera planta del frente, en los módulos A y B. Dos plantas sobre la rasante de menor cota. - Condiciones Particulares. Condiciones de volumen: La altura máxima permitida para las nuevas construcciones será de dos plantas + ático en las edificaciones paralelas a la Calle Los Saltos y de tres plantas en la pieza perpendicular, donde ya existe una construcción que supera esta altura, la cual se considerará fuera de ordenación. En ningún caso se sobrepasará la altura permitida para tres plantas, debiéndose adaptar el volumen a las secciones de borde de manzana propuestas. Tres plantas en el módulo C, manteniéndose el tramo de fachada en la edificación preexistente, debiendo cumplirse en el resto de manzana, el que los tramos de fachada estén comprendidos entre 8 y 12 metros. El módulo A se mantendrá como volumen único. Los módulos A y C, se fragmentarán según esquema propuesto. Condiciones de los espacios libres: Los espacios libres de manzana señalados gráficamente, tienen carácter vinculante para actuaciones de parcela a parcela. Para actuaciones conjuntas puede haber otras disposiciones, siempre que se respeten las condiciones de ocupación y edificabilidad. En estos casos, se deberá presentar al Ayuntamiento con carácter previo a la edificación el correspondiente Estudio de Detalle. Los cerramientos de los espacios libres señalados gráficamente, deberán tener carácter permeable, entendiéndose por éste, el que permita ofrecer una visión conjunta del volumen que encierran. Se podrá ocupar el subsuelo de los espacios libres privados con destino a aparcamientos, estos tendrán que estar ajardinados al menos en un 50% de su superficie y el resto pavimentado. Todo eso con carácter previo a la concesión de la licencia de ocupación. -