- Ambito: Plan Especial de Rehabilitación Urbana de La Restinga
- Instrumento: PE Rehabilitación Urbana de La Restinga - 6 de Septiembre de 2006
- Trámite: APROB. DEF. PE Rehabilitación Urbana de La Restinga - 6 de Septiembre de 2006
- BOP: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Plan Especial de Rehabilitación Urbana de La Restinga de Frontera, publicado el 06/09/2006 en el BOP 128/06 (644)
- Etiqueta: M-35-79906 (Manzana 35)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 1.022,6 m2 en 1 recinto/s
- Documentos originales:
# | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Separación mínima a lindero posterior (m) | Separación mínima a lindero lateral (m) | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) | IDEN | Otras determinaciones |
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M-35-79906 | Manzana 35 | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | 464116 | Nº Viviendas estimada : 20. - Edificabilidad Max. Estimada : 2354,8. - Superficie m2 suelo : 1177,4. - Condiciones Particulares. Condiciones de volumen: Se define una alineación interior dentro de la manzana que delimita dos volúmenes de tres plantas. Para el primero con frente a la Calle Los Saltos se establece una altura de tres que se dividirán en tramos comprendidos entre 8 y 12 metros, cumpliendo en cualquier caso la altura reguladora máxima permitida para tres plantas de altura. Para el segundo, con frente a la Calle El Carmen, se establece una volumetría de tres plantas en el ámbito coincidente con las edificaciones existentes y tres plantas igualmente, no superando las alturas máximas permitidas para ese número de plantas y debiendo situarse el forjado de la planta baja a 1,20 metros máximo, medidos sobre su cara inferior. Los volúmenes se ceñirán al esquema propuesto. Condiciones de los espacios libres: En el caso de promoción conjunta sobre la parcela de ref. catastral 5808306, libre en su totalidad, se podrá variar la disposición de los espacios libres entendiéndose las alineaciones interiores como límite máximo del área movimiento de la edificación. Los cerramientos de los espacios libres señalados gráficamente deberán tener carácter permeable, entendiéndose por este, el que permita ofrecer una visión conjunta del volumen que encierran. Se podrá ocupar el subsuelo de los espacios libres privados con destino a aparcamientos, estos tendrán que estar ajardinados al menos en un 50% de su superficie y el resto pavimentado. Todo eso con carácter previo a la concesión de la licencia de ocupación. - |