- Ambito: Plan Especial de Rehabilitación Urbana de La Restinga
- Instrumento: PE Rehabilitación Urbana de La Restinga - 6 de Septiembre de 2006
- Trámite: APROB. DEF. PE Rehabilitación Urbana de La Restinga - 6 de Septiembre de 2006
- BOP: enlace
- Documento: Aprobación Definitiva de Plan Especial de Rehabilitación Urbana de La Restinga de Frontera, publicado el 06/09/2006 en el BOP 128/06 (644)
- Etiqueta: M-27-79901 (Manzana 27)
- Norma: ITPU-SIPU 2010
- Área: 770,7 m2 en 3 recinto/s
- Documentos originales:
# | Etiqueta de la zona de edificación | Denominación de la zona de edificación | Parcelación vinculante | Superficie mínima de parcela (m²) | Longitud mínima del lindero frontal (m) | Fondo mínimo de parcela (m) | Círculo inscribible mínimo (m) | Líneas de disposición obligatoria de la edificación | Separación mínima a lindero frontal (m) | Separación mínima a lindero posterior (m) | Separación mínima a lindero lateral (m) | Fondo máximo edificable | Separación mínima entre edificios (m) | Porcentaje máximo de ocupación (%) | Edificabilidad máxima (m²e/m²s) | Observaciones edificabilidad máxima | Altura máxima en número de plantas | Altura máxima en metros a viario (m) | Altura máxima en metros a parcela (m) | Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) | Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) | IDEN | Otras determinaciones |
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M-27-79901 | Manzana 27 | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | I | 2 | Observaciones - Equipamiento Administrativo público | I | I | I | I | I | 464121 | Nº Viviendas estimada : 19. - Edificabilidad Max. Estimada : 2267,6. Residencial - Superficie m2 suelo : 237,97. Equipamiento Administrativo público - Superficie m2 suelo : 1133,8. Residencial - Retranqueo planta ático : 3. La última planta en el frente hacia el espacio libre privado. En la edificación con tres plantas hacia la vía de mayor cota. La tercera planta. En edificación con dos plantas hacia la vía de menor cota. Esta última planta retranqueada deberá enrasarse a comisa con el volumen permitido en el extremo oeste de la manzana. En ningún caso se deberá sobrepasar la altura reguladora máxima definida para 3 plantas. - Condiciones Particulares. Condiciones de volumen: La altura máxima permitida para las nuevas construcciones será de dos plantas + ático en las edificaciones, no debiendo sobrepasar la altura máxima permitida y debiendo adaptarse el volumen a las secciones de borde de manzana propuestas. Dos plantas sobre la rasante del espacio libre interior. Condiciones de los espacios libres: Los espacios libres de manzana señalados gráficamente, tienen carácter vinculante para actuaciones de parcela a parcela. Para actuaciones conjuntas puede haber otras disposiciones, siempre que se respeten las condiciones de ocupación y edificabilidad. En estos casos, se deberá presentar al Ayuntamiento con carácter previo a la edificación el correspondiente Estudio de Detalle. Los cerramientos de los espacios libres señalados en el plano de ordenación detallada, deberán tener carácter permeable, entendiéndose por éste, el que permita ofrecer una visión conjunta del volumen que encierran. Se podrá ocupar el subsuelo de los espacios libres privados con destino a aparcamientos, estos tendrán que estar ajardinados al menos en un 50% de su superficie y el resto pavimentado. Todo eso con carácter previo a la concesión de la licencia de ocupación. - |