• Ambito: Plan Especial de Rehabilitación Urbana de La Restinga
  • Instrumento: PE Rehabilitación Urbana de La Restinga - 6 de Septiembre de 2006
  • Trámite: APROB. DEF. PE Rehabilitación Urbana de La Restinga - 6 de Septiembre de 2006
  • BOP: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan Especial de Rehabilitación Urbana de La Restinga de Frontera, publicado el 06/09/2006 en el BOP 128/06 (644)
  • Etiqueta: null-79946 (Red viaria)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 9.569,9 m2 en 1 recinto/s
  • Documentos originales:
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Separación mínima a lindero posterior (m) Separación mínima a lindero lateral (m) Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m) IDEN Otras determinaciones
null-79946 Red viaria I I I I I I I I I I I I I I I I I I 464085 Ejecución de la urbanización. Determinaciones de obligado cumplimiento a) En las plantaciones arbóreas de porte medio o superior que se ejecuten en la vía pública y pudieran impedir el soleamiento en las fachadas orientadas al oeste, se utilizarán especies caducas. b) Los viales pertenecientes a la red rodada en las zonas residenciales deberán diseñarse de modo que la velocidad de circulación sea menor de 30 km/h. c) Con el objetivo de reducir el impacto del tráfico sobre los peatones, las vías de la red local que presenten un ancho menor de los 8,00 metros se tratarán como vías de coexistencia de tráfico rodado y peatonal. d) En el caso de ejecutarse un viario de coexistencia, se separarán las bandas de circulación de vehículos y de circulación peatonal utilizando bolardos, o cualquier otro sistema similar. En esta caso se utilizarán pavimentos claramente diferenciados que segreguen el espacio de los peatones y de los vehículos. Los acabados superficiales de dichos pavimentos utilizarán en general tonos claros que aprovechen la iluminación natural al máximo, y que reduzcan el calentamiento de los espacios exteriores. Sólo se permite la utilización de acabados con colores oscuros en elementos o tramos puntuales, con objeto de diferenciar funciones o dar variedad al diseño. e) En calles con aceras de más de 1,50 m. de ancho y con más de diez estacionamientos en línea, o más de 115 en batería, se diseñarán alcorques, como mínimo para un árbol cada tres plazas de aparcamiento en línea o cinco en batería. En todo proyecto de plantación de arbolado viario se debe prever, y justificar en la Memoria del proyecto, el espacio suficiente para que el árbol pueda desarrollarse tanto en su medio aéreo como subterráneo, teniendo en cuenta la distancia entre árboles, y entre éstos y las edificaciones, así como que los servicios infraestructurales no se vean afectados por las raíces ni que aquellos condicionen su desarrollo. f) Las redes de servicios en la urbanización se materializarán en las vías principales ejes estructurantes urbanos calificadas como redes generales viarias, ejecutando arquetas continuas bajo las aceras de estas vías que permitan un acceso directo a los servicios técnicos cuando esto sea necesario. g) En la iluminación exterior sobre la red viaria se debe minimizar la contaminación lumínica del cielo, dirigiendo el haz de luz hacia el suelo, o cubriendo las lámparas con protecciones opacas en el hemisferio superior. - Ámbito. Las determinaciones recogidas serán de aplicación a los suelos calificados como Red Viaria ya sea rodada o peatonal. -