• Ambito: Parque Natural del Archipiélago Chinijo
  • Instrumento: PRUG Archipiélago Chinijo - 10 de Julio de 2006
  • Trámite: APROB. DEF. PRUG Archipiélago Chinijo - 10 de Julio de 2006
  • BOC: enlace
  • Documento: Aprobación Definitiva de Plan Rector de Uso y Gestión de Parque Natural del Archipiélago Chinijo publicado el 21/09/2006 en el BOC185/06 (928)
  • Etiqueta: D-Dep (ORDENANZA EN MANZANA COMPACTA. Dotación Deportiva)
  • Norma: ITPU-SIPU 2010
  • Área: 1,4 ha en 3 recinto/s
  • Documentos originales: enlace 
 # Etiqueta de la zona de edificación Denominación de la zona de edificación Parcelación vinculante Superficie mínima de parcela (m²) Longitud mínima del lindero frontal (m) Fondo mínimo de parcela (m) Círculo inscribible mínimo (m) Líneas de disposición obligatoria de la edificación Separación mínima a lindero frontal (m) Observaciones separación mínima a lindero frontal Separación mínima a lindero posterior (m) Observaciones separación mínima a lindero posterior Separación mínima a lindero lateral (m) Observaciones separación mínima a lindero lateral Fondo máximo edificable Separación mínima entre edificios (m) Porcentaje máximo de ocupación (%) Observaciones porcentaje máximo de ocupación Edificabilidad máxima (m²e/m²s) Altura máxima en número de plantas Observaciones altura máxima en número de plantas Altura máxima en metros a viario (m) Observaciones altura máxima en metros a viario Altura máxima en metros a parcela (m) Distancia de la línea de disposición obligatoria a la alineación (m) Distancia del fondo máximo edificable a la alineación viaria (m)
D-Dep ORDENANZA EN MANZANA COMPACTA. Dotación Deportiva I I I I I I 3 Art.75 y 92. Se permiten retranqueos a linderos. En caso de disponer de ellos deberán ser como mínimo de 3 metros. 3 Art.75 y 92. Se permiten retranqueos a linderos. En caso de disponer de ellos deberán ser como mínimo de 3 metros. 3 Art.75 y 92. Se permiten retranqueos a linderos. En caso de disponer de ellos deberán ser como mínimo de 3 metros. I I 20 Art.75 y 92. I 2 Art.75 y 92. 7 Art.75 y 92. I I I